Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1526/21
General Pueyrredon, 15/09/2021
Visto
el presente actuado por el que se tramita sanción a la firma ALIMENTOS FRANSRO S.R.L, proveedor Nº 10561 por incumplimiento en el marco de la Licitación Publica N° 19/20 Segundo Llamado y;
Considerando
Que por Decreto N° 284/21 de fecha 17 de Febrero de 2021 se adjudicó la Licitación Publica N° 19/20 al proveedor ALIMENTOS FRANSRO S.R.L.
Que con fecha 19 de Febrero de 2021 se intimó al proveedor a la constitución de la garantía de Contrato.
Que con fecha 05 de Marzo de 2021 el proveedor ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. constituyó la misma mediante Recibo N° 10944, Resguardo N° 10944 por un monto de PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y DOS ($ 269.892,00).-
Que con fecha 12 de Abril de 2021 se notificaron las Órdenes de Compra N° 238/21 y 239/21 las cuales perfeccionan el contrato con el proveedor ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. en el marco de la Licitación Pública N° 19/20 Segundo Llamado.
Que con fecha 19 de Mayo de 2021 la Secretaría de Desarrollo Social intima mediante Cédulas al proveedor adjudicatario la entrega de las Órdenes de Compra N° 238/20 y 239/20 bajo apercibimiento de iniciar las gestiones de aplicación de sanciones que correspondan.
Que con fecha 26 de mayo de 2021 y 07 de Junio de 2021 y, la Secretaría de Desarrollo Social, informa a la Dirección General de Contrataciones que a la fecha la firma no ha efectuado la entrega de lo adjudicado.
Que con fecha 15 de Junio de 2021 la Dirección General de Contrataciones, envía cedula intimando nuevamente al cumplimiento bajo apercibimiento de la aplicación de las multas y sanciones estipuladas en el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Publica N° 19/20.
Que con fecha 03 de Agosto de 2021 el proveedor ALIMENTOS FRANSRO S.R.L. presenta nota en la cual argumenta que el retraso se ha dado por circunstancias de público conocimiento referidas a la pandemia, habiendo causado los diferentes vaivenes dilaciones en las actividades productivas y de comercialización, solicitando se le permita entregar la mercadería adjudicada manteniendo los precios adjudicados.
Que a fs 31 el Departamento de Control de Gestión de Suministros dependiente de la Secretaría de Desarrollo Social informa que no encuentra inconvenientes en aceptar la entrega extemporánea y avala los argumentos de fuerza mayor esgrimidos por la firma.
Que indicando que mediante la Licitación Privada nº 30/2021 se impulsó una nueva compra las mercaderías no entregadas, y que la misma se encuentra en proceso de adjudicación, la cual se sugerirá no adjudicar los ítems coincidentes con las Órdenes de Compra nº 238/21 y 239/21, a los efectos de no duplicar la compra.
Que en tal sentido, dicha Secretaría informa que aceptar la entrega implicará un ahorro a la Comuna, ya que los precios ofertados en la Licitación Privada nº 30/2021 son superiores a los de las Ordenes de Compra nº 238/21 y 239/21.
Que dicha aceptación de la entrega a precio anterior implica un ahorro de los mayores costos provocados por la variación de precios de los productos alimenticios conforme índices de inflación mensuales publicados por el INDEC.
Que por todo lo expresado precedentemente, y conforme Art. N° 56 y Art. N° 59.1 del Pliego de Bases y Condiciones Generales de la Licitación Pública N° 19/20 se entiende procedente aplicar a la firma un Apercibimiento y anotación del mismo en el Registro de Proveedores Municipal.
Por ello, y en ejercicio de las atribuciones delegadas mediante Decreto Nº 916/20.
EL SECRETARIO DE ECONOMÍA Y HACIENDA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°. Aplicar a la firma ALIMENTOS FRANSRO S.R.L., Proveedor Nº 10561, un APERCIBIMIENTO en el Registro de Proveedores conforme Art. N° 59.1 del Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública N° 19/20, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2º. Incorporar copia de la presente y de la constancia que acredite su notificación al legajo del proveedor.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, publicar en el Boletín Municipal y para las notificaciones y demás efectos que correspondan dar intervención a la Dirección General de Contrataciones y la Contaduría General.
BLANCO