Boletines/Lobería

Decreto Nº1234-21

Decreto Nº 1234-21

Lobería, 30/08/2021

REGÍSTRASE la tarea asignada al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería, el Decreto Nº 74/21; y

Considerando

QUE, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, para realizar trabajos de carpintería en la Escuela de Estética, a partir del 25 de agosto de 2021;

QUE, atento a no haberse presentado lo requerido en tiempo y forma corresponde registrar los trabajos realizados;

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE la tarea asignada al personal destajista Sr. CARLOS A. DE LUCCA, D.N.I. N° 21.604.722, designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizó trabajos de carpintería en la Escuela Estética, a partir del 25 de agosto de 2021.

ARTÍCULO 2.- La tarea específica a realizar, se detalla a continuación:

TAREAS

- Realizar tareas de cortado y cepillado en 9 tirantes de pinotea de 2” por 5” por 3 metros de largo

- Cortar 2 placas de fibrofacil en tiras de 30 centímetros para encofrado.                                  

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS OCHO MIL SEISCIENTOS SIETE ($ 8.607,00.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS SIETE MIL CUATROCIENTOS DOS CON DOS CENTAVOS ($ 7.402,02.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 1.032,84. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos – 37 Dirección de Obras de Infraestructura - 52 Escuela Estética – 1.2.1.0. Retribuciones del cargo – F.F 132 De Origen Provincial” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO Nº 1.234-21