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Resolución Nº577

Resolución Nº 577

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/02/2021

Visto las presentes actuaciones, atento la propuesta de pago  presentada a fojas 1 por MORICHETTI HNOS S.R.L. de las mismas, relativa a los autos caratulados “MORICHETTI HERMANOS S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO (PEQUEÑO)” (Expediente Nº 72549), que tramita por ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 7 del Departamento Judicial de Bahía Blanca; y,

CONSIDERANDO:

             Que es facultad del Departamento Ejecutivo evaluar este tipo de propuestas en virtud de lo normado en el artículo 42 último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente;

        Que la deuda fue insinuada por este Municipio por los siguientes conceptos: Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene e Impuesto Automotor, por un monto de $552.951,71 con privilegio general y $368.849,97 con carácter quirografario, esto asciende a un subtotal de $921.801,68 al que debe sumarse $1250 en concepto de arancel de verificación, lo que asciende a un total de $923.051.68;

       Que, la propuesta de pago  consiste en abonar la deuda con el municipio, mediante el pago de (120) cuotas mensuales y consecutivas. Con la aplicación de un interes del 2% mensual. La concursada no solicita quita ni espera.

     Que, en cumplimiento a lo dispuesto en el Artículo 42º último párrafo de la Ordenanza Fiscal vigente, y según lo manifestado a fojas 41 vta., (…) Al no existir óbice legal para su negativa, (…) debería aceptarse la cancelación del crédito de este Municipio en el concurso preventivo, de conformidad con la propuesta presentada;

    Por lo expuesto, y en virtud de lo informado por Subsecretaría Jurídica a fojas 4 y 4 vta. y con el visto bueno del Subsecretario de Ingresos Públicos, EL INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades:

R E S U E L V E

ARTICULO 1º): Acéptase la propuesta de pago presentada por la empresa MORICHETTI HNOS S.R.L, en los autos caratulados “MORICHETTI HERMANOS S.R.L. S/ CONCURSO PREVENTIVO (PEQUEÑO)” (Expediente Nº 72549), que tramita ante el Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 7 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, en un todo de acuerdo a los considerandos de la presente resolución.

ARTICULO 2º): Cúmplase, notifíquese, dése al R.O., tome nota a sus efectos Subsecretaría Jurídica; hecho, ARCHIVESE.