Boletines/Nueve de Julio

Ordenanza Nº6541/2021

Ordenanza Nº 6541/2021

Nueve de Julio, 23/09/2021

DEROGA ORDENANZA Nº 4852/2010

VISTO:

La Ordenanza 4852/2010.

CONSIDERANDO:

Que la Ordenanza mencionada establece  que para la habilitación de locales comerciales destinados a la comercialización de aparatos de telefonía celular deberá efectuarse previa acreditación por parte del solicitante, de un contrato de autorización , representación y Código de Agente Oficial emanado de una compañía prestadora del servicio celular en la Argentina, o de un Agente Oficial que admita la venta de equipos y activación de líneas celulares, o de los representantes de las respectivas marcas de telefonía celular.

Que el rubro de telefonía celular, como así también los mecanismos de seguridad y codificación de los equipos, ha cambiado notablemente desde la sanción de la norma aludida respecto a la realidad imperante en la actualidad.

Que es evidente la disociación existente entre lo establecido en la norma y el medio social para el que ha sido establecido, lo que ha llevado a la perdida de validez de la disposición debido a su ineficacia o inobservancia por parte de los miembros de esta comunidad.

Que del análisis del caso no surge que actualmente el hecho descripto constituya un beneficio para el correcto desarrollo de la actividad, y mantener la norma resulta ser un impeditivo para ejercer el libre comercio y la generación de nuevos puestos de trabajo.

ORDENANZA

ARTICULO 1º: Derógase la Ordenanza Nº 4852/2010 a partir de la promulgación de la presente.

ARTICULO 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-