Boletines/Chascomús
Decreto Nº 598/21
Chascomús, 01/09/2021
LLAMAR A LICITACION PÚBLICA N° 16
Visto
El Expediente Administrativo 4030-154618/M, caratulado “Licitación Pública. Concesión de parcela Ribereña Nº11”; y
Considerando
Que a través del mismo se tramita la Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 11.
Que por Ordenanza 5256/2018 promulgada por Decreto 658/18 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Generales para los llamados a Licitación Pública para la Explotación de las Concesiones Turísticas municipales, y por Ordenanza 5573/2021 promulgada por Decreto Nº 526/2021 se aprueba el Pliego de Bases y Condiciones Particulares para la “Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 11”, autorizándose al Departamento Ejecutivo a efectuar el llamado a Licitación Pública a tales fines.
Por ello, el Señor Intendente municipal que suscribe, en uso de sus atribuciones
DECRETA
ARTICULO 1º.- Llámese a Licitación Pública N° 16/2021 para la “Explotación en Concesión de la Unidad de Servicios Turísticos Parcela Ribereña Nº 11”.-
ARTICULO 2°.- Establézcase el valor del pliego en la suma de pesos cinco mil ($ 5.000,00), el que podrá adquirirse a partir del día 08 de Septiembre de 2021 y hasta la hora y fecha de presentación de las propuestas, en horario administrativo en el Palacio Municipal, sito en calle Crámer 270 de la ciudad de Chascomús, Provincia de Buenos Aires. Las firmas adquirentes, al momento de formalizar la compra del mismo, deberán fijar en forma fehaciente, domicilio legal en la ciudad de Chascomús.-
ARTICULO 3°.- Fíjese el límite para la presentación de la propuesta (sobre N° 01 y sobre N° 02) hasta una hora antes de la hora y fecha fijada para el acto de apertura, debiéndose entregar la misma en la Oficina de Compras ubicada en el Palacio Municipal.-
ARTICULO 4°.- Fíjese la fecha de apertura del sobre N° 01 para el día 05 de Octubre de 2021 a las 10.00 hs y sobre N° 02 para el día 15 de Octubre a las 10.00 hs en el Palacio Municipal.-
ARTICULO 5°.- Autorícese la publicación de avisos por dos días en el “Boletín Oficial” de la provincia de Buenos Aires y en un diario de la localidad de Chascomús, debiendo invitarse a tomar parte de la Licitación Pública.-
ARTICULO 6°.- Notifíquese en forma digital a Secretaría Privada, Secretaría de Planificación y Turismo, Oficina de Compras y Suministros y Contaduría.-
ARTICULO 7°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Planificación y Turismo (Leandro Otondo) y el Señor Secretario de Gobierno (Cipriano Pérez del Cerro).-
ARTICULO 8º.- Cúmplase, publíquese, dese al Registro Municipal y archívese.-