Boletines/Hipólito Yrigoyen

Decreto Nº783/21

Decreto Nº 783/21

Hipólito Yrigoyen, 21/07/2021

CORRESP/EXPTE Nro. 4057- 1787/21

D E C R E T O  Nro. 783/21.-

Visto

La nota obrante a fojas 2,3, y 5 del presente Expediente a través del cual el Sr. Director de Servicios Urbanos Luis Lapenna comunica la situación que reviste el Agente Burgos Jorge,  y

Considerando

Que de las presentes actuaciones consta que el Director de Servicios Urbanos informa con fecha 5 de Julio del corriente, que el mencionado Agente no había comparecido a prestar servicios, ni justificado sus inasistencias, con un total de 10 inasistencias a esa fecha, y un total de 21  al día de la fecha.

Que, atento a la situación denunciada a través de la Secretaria Legal, se intima al empleado a que en el lapso de 24 horas retome sus tareas habituales en el ámbito municipal, constituyéndose al efecto, el día inmediato posterior de ser notificado en el horario y lugar en el que prestado servicios.

Que, De la misma manera, se lo intima a que en idéntico plazo, justifique  las inasistencias, bajo apercibimiento de declarar su cesantía por abandono  de cargo conforme art. 75, 77, 78 de la Ordenanza N° 30/20, ANEXO I que instituye el Estatuto para los empleados municipales.

Que debidamente notificado, no comparece a prestar servicios ni presenta constancias que  indique sus inasistencias, conforme lo informa la Dirección en la cual se desempeña el agente, a fojas 11.

Que a través del Decreto N° 260/20 de fecha 12 de Marzo del 2020 el Estado Nacional estableció la Emergencia Publica en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) en relación al Coronavirus COVID-19, por el plazo de un (1) año a partir de la entrada en vigencia del  mentado decreto.

Que los sucesivos Decretos ampliatorios y del mismo tenor que el anterior establecen que en este contexto, las actividades desarrolladas por la Dirección de Servicios Urbanos en materia de prevención y  control de cumplimiento por parte de los ciudadanos del distrito, de las medidas adoptadas en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio, resultan de carácter esencial y los empleados abocados a las mismas han prestado servicio aun con mayor disponibilidad.

Que el Agente Burgos Jorge por ser indicada persona de riesgo se encontraba exento de concurrir a su lugar de trabajo, y por tal motivo se aguardó al momento de primera dosis de vacunación para que pueda reintegrarse al trabajo tal como lo indica la Res. conj. 4/2021 Ministerio de Salud y Ministerio de Trabajo Empleo y Seguridad Social.

Por lo cual se ha intimado al agente a reintegrarse a la prestación de su servicio en fs. 4, y 6 sin recibir respuesta ni justificativo alguno sobre su ausencia.

Que por todo lo expuesto corresponde decretarle la cesantía por abandono de cargo en el marco de lo dispuesto por el artículo 78 de la Ordenanza N° 30/20, Anexo I.-

Por ello, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO EN USO DE LAS FACULTADES Y ATRIBUCIONES QUE LE SON PROPIAS 

D E C R E T A

 

ARTICULO 1º: DISPONESE EL CESE por Abandono de Cargo del Sr. BURGOS JORGE D.N.I: 21.445.241, Legajo 5962 con efecto al día 12 de Julio de 2021  (12/07/21),  conforme el artículo 78 de la Ordenanza 30/20, Anexo I, afectado a la Dirección de Servicios Urbanos, siendo jornal con régimen horario de 8 horas diarias.-

 

ARTICULO 2º: Regístrese, comuníquese. Notifíquese.- Para su conocimiento y demás efectos que correspondan gírese a Oficina de Personal, Contaduría y Tesorería.-

 

 

 

SECRETARIO DE GOBIERNO Y HACIENDA                                                   INTENDENTE MUNICIPAL

               Dr. Martín Arpigiani                                                                              Cdor. Luis Ignacio Pugnaloni