Boletines/Quilmes
Decreto Nº 2893/2021
Quilmes, 07/09/2021
Visto
el Expediente Nº 4091-22980-S-2015.-ALCANCE 2-, por el que tramita sumario administrativo en razón de las supuestas irregularidades detectadas con motivo del informe de la Auditoría General, a la fecha del traspaso de la gestión 2015-2016; y
Considerando
Que, a fojas 1, obra nota de la Auditora General, dirigida a la Subdirección de Mesa de Entrada y Archivo, a fin de solicitar se forme expediente con el fin de ser elevado a Jefatura de Gabinete.
Que, a fojas 2/83, obra Acta Complementaria de Transmisión de Gestión del entonces Intendente saliente, Francisco Virgilio Gitierrez, y el Intendente entrante, Martiniano Malina, fechada el 15 de abril de 2016.
Que, a fojas 90/94, obra agregada el Acta de Transmisión de Administración, labrada con fecha 1O de diciembre de 2015, y suscripta por las autoridades correspondientes.
Que, a fojas 97, obra nota del entonces Director de Sumarios de la que surge que habiendo tomado conocimiento y constatadas ciertas irregularidades respecto de bienes en estado de destrucción total, sugiere solicitar a la Secretaría de Servicios Públicos y Generales que informe sobre el funcionario o empleado de la Comuna responsable de la custodia de los bienes patrimoniales registrados bajo el número: 16467; 16442; 94230; 89327; 16444;
16456; 16606; 20753; 20754, requiriendo a su vez a la Secretaría de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos informe sobre quiénes resultan ser los responsables por la custodia del bien patrimoniado bajo el número 89327.
Que, a fojas 105, obra nota del Subsecretario de Servicios Públicos, en la que informa que desde su asunción al cargo con fecha 25 de octubre de 2016, el responsable de los bienes patrimoniales resulta ser el agente Demonte, Cristian (Legajo: 34228). Asimismo informa que en relación a los bienes registrados bajo el número: 16467; 16442; 94230; 89327; 16606; 20753; 20754, los mismos fueron dados de baja en virtud del Decreto Nº 4448/2016, mientras que respecto de los bienes patrimoniados bajo los Nº16444 y 16456, los mismos se encontrarían en la Secretaría a su cargo.
Que a fojas 109 el Subsecretario de GIRSU informa que el bien patrimoniado bajo el Nº 89327 fue transferido a la Secretaría de Coordinación de Delegaciones y Secretaría General, el 16 de octubre de 2013.
Que, a fojas 114, obra Dictamen Nº 394 de Asesoría Letrada, en el que entiende que debería sustanciarse la investigación sumarial por deslinde de responsabilidad dado los sucesos descriptos, los que dan cuenta que una serie de irregularidades detectadas en la Secretaría de Servicios Públicos y de Gestión de Residuos Sólidos Urbanos, razón por la cual debía dictarse el acto administrativo que así lo ordene.
Que, a fojas 115/116, obra Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 074, de fecha 31 de octubre de 2018, por el cual se ordena el inicio de sumario administrativo por deslinde de responsabilidades.
Que, a fojas 117/134, obra etapa probatoria de cargo.
Que, a fojas 135/136, obra resolución de la instrucción, por el que se aconseja el sobreseimiento provisorio de las actuaciones, en virtud de lo dispuesto por el artículo 74 tercer apartado inc. a) del Decreto Nº 560/84 y sus
modificatorias, por entender que ante la consulta sobre el destino de varios bienes patrimoniados y posible irregularidades a su respecto, no resulta suficientemente acreditada la comisión de hechos que pudieran considerarse faltas administrativas.
Que, a fojas 139, obra dictamen número 433 de la Asesoría Letrada donde luego dejar realizar un análisis pormenorizado de todo lo actuado comparte el criterio aconsejado por la instrucción;
Que, a fojas 140/141, obra Decreto Nº 2343 con fecha 13 de septiembre de 2019, dispone el sobreseimiento provisorio.
Que, a fojas 142, obra nota de la Subdirección de Sumarios solicitando se reserve el presente hasta que se cumplan los términos para convertir el mismo en definitivo.
Que, a fojas 143 la Subdirección de Sumarios, refiere que se ha cumplido el plazo requerido para la conversión de sobreseimiento provisorio en definitivo.
Que a fojas 144, obra dictamen Nº 412, compartiendo el criterio adoptado por la Subdirección de Sumarios, entendiendo que debería dictarse el correspondiente acto administrativo por el cual se ordene la conversión del sobreseimiento provisorio en definitivo, conforme a lo normado en el artículo 74, segundo párrafo del Decreto Nº 560/84.
Que, el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107, 258 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), y el artículo 59 y concordantes del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 1 de los Trabajadores Municipales de Quilmes; y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: SOBRESEESE DEFINITIVAMENTE las presentes actuaciones, de acuerdo a lo prescripto por el Artículo 74 , segundo párrafo, del Decreto Nº 560/84 y sus modificatorios, por los motivos invocados en los considerandos precedentes.
ARTÍCULO 2°: DÉSE traslado a Asesoría Letrada, a sus efectos y conocimiento a la Subdirección de Sumarios.
ARTÍCULO 3°: DISPÓNESE que el presente decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°: COMUNÍQUESE a quienes corresponda dese al Registro General y ARCHÍVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO Dr. CLAUDIO H. CARBONE MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Secretario Legal y Técnico Intendenta
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DECRETO 2893/2021