Boletines/Avellaneda

Decreto Nº3376

Decreto Nº 3376

Avellaneda, 06/09/2021

Visto

El expediente N° 3-50137/2021 y 1-4004-72158, y 

Considerando

Que por medio de los presentes actuados se sancionó la Ordenanza N° 29.406, por medio de la cual se confieren una serie de autorizaciones al Departamento Ejecutivo para llevar adelante las gestiones y actos jurídicos necesarios para la adquisición de los inmuebles determinados como A) 18 Lotes ubicado en la Manzana 74, con frente en la calle Entre Ríos entre Conesa e Isleta, Piñeito, Avellaneda, Identificado con las matrículas 15969,17851,22977,31537,20765,F581/1972, 15101, B)Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 89, calle Conesa 1825/53, Piñeiro, Avellaneda, identificado con las matrículas 11995 y 15368: C) Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 73, Entre Ríos esquina Conesa, Piñeiro, Avellaneda, identificado con la matrícula F1648/1977; identificados catastralmente como a)MATRICULA 11955 Y 15368, NC: II-K-89-12/13; b) MATRICULA 15969, NC II-K-74- 13; c) MATRICULA 17851, NCII- K-74- 14 , d) MATRICULA 22977, NC II-K-74- 12; c) MATRICULA 17851, NC II-K-74-12, e) MATRICULA 31537, NC II - K -74-18; f) MATRICULA 20765, NC II -K-74-7; g) FOLIO 1487/1978, NC II-K-74-15; h) FOLIO 581/1972, NC II- K-74-16/17/20/21/22; i)FOLIO 1678/1977, NC II-K-73-19/20; j) NC II -K-74- 25/27/28/23 Y k) MATRICULA 15101 NC II -K-74-6; quedando especialmente facultado para proponer en la quierbra de MANUEL NEIRA SAICF, que tramita por ante Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 3 Secretaría N° 6, la compra de los mismos por los importes y en las condiciones que surgen de la tasación realizada por la firma enajenadora SAPIN, aprobada por el juez  para la realización de esos activos en el referido proceso de quiebra en la que se encuentran comprendidos los inmuebles, que deberían destinarse al desarrollo de equipamiento comunitario, viviendas y/o espacios verdes;

Que en fecha 06 de septiembre del corriente la Sra. Jefa de Departamento de Ejecuciones Especiales, Dra. Claudia V. Ricardo solicita se arbitren los medios posibles para delegar las facultades de realización de actos jurídicos autorizados por medio del Departamento Ejecutivo a los apoderados pertenecientes a la Secretaría Legal y Técnica Dres. Sergio Daniel Ceballos, Angel Pablo Bevegni, Claudia Verónica Ricardo, Olga Vazquez, Verónica Silvina Bigarani y Patricia Jimena Valdez;

Que la Ley Organica de las Municipalidades autoriza la delegación de facultades inherentes al Intendente Municipal según la competencia que a los distintos secretarios le correspondan;

Que las delegaciones que se efectúen serán comprensivas de las potestades necesarias para realizar todos los actos inherentes al ejercicio de las facultades a que se refieren;

Que las resoluciones que dicten los secretarios en virtud de las facultades que se acuerden por delegación, deberán contener expresa mención de tal circunstancia; 

Que teniendo en cuenta las implicancias técnico-jurídicas del caso, correspondería delegar las atribuciones conferidas por el Departamento Ejecutivo en los agentes mencionados en el párrafo primero de la presente los cuales desempeñan sus tareas en la Secretaría Legal y Técnica y acreditan un conocimiento suficiente para realizar las gestiones autorizadas por el Departamento Deliberativo

Por ello, en uso de sus facultades,

EL INTENDENTE MUNICIPAL

         DECRETA.

ARTICULO 1°: DELÉGASE, a partir de la fecha del dictado del presente acto, en los Dres. Claudia Verónica Ricardo y/o Verónica Silvina Bigarani y/o Patricia Jimena Valdez y/o Sergio Daniel Ceballos y/o Olga Vazquez la competencia conforme la normativa vigente para realizar los actos jurídicos necesarios a fin de proceder a la adquisisión de los inmuebles determinados como A) 18 Lotes ubicado en la Manzana 74, con frente en la calle Entre Ríos entre Conesa e Isleta, Piñeiro, Avellaneda, Identificado con las matriculas 15969, 17851, 22977, 31537,20765, F581/1972, 15101, B) Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 89, calle 1825/53, Piñeiro, Avellaneda, identificado con las matrículas 11955 y 15368; C) Un predio compuesto por dos lotes ubicado en la manzana 73, Entre Ríos esquina Conesa, Piñeiro, Avellaneda, identificado con la matrícula F1648/1977; identificados catastralmente como a) MATRICULA 11955 Y 15368, NC: II - k-89-12/13; b) MATRICULA 15969, NC II-K-74-13; c) MATRICULA 17851, NC II -K-74-14; d) MATRICULA 229777, NC II-K-74-12; c) MATRICULA 17851, NC II-K-74-12; e) MATRICULA 31537, NC II-K-74-18; f) MATRICULA 20765, NC II-K-74-7; g) FOLIO 1487/1978, NC II-K-74-15; h)FOLIO 581/1972, NC II-K-74-16/17/20/21/22; i) FOLIO 1648/1977, NC II-K-73-19/20; j) NC II-K-74-25/27/28/23 y k) matricula 15101 NC II -K-74-6; quedando especialmente facultado para proponer en la quiebra de MANUEL NEIRA SAICF, que tramita por ante Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 3 Secretaria N° 6, la compra de los mismos por los importes y en la condiciones que surgen de la tasación realizada por la firma enajenadora SAOIN, aprobada por el juez para la realización de esos activos en el referido proceso de quiebra en la que se encuentran comprendidos los inmuebles, que deberían destinarse al desarollo de equipamiento comunitario, viviendas y/o espacios verdes.-

ARTÍCULO 2°: La delegación de la facultad contenida en el artículo anterior comprende el ejercicio de las potestades necesarias para el pleno cumplimiento de las mismas únicamente.

ARTÍCULO 3°: El ejercicio de las atribuciones que se delegan  deberán ceñirse estrictamente a las normas vigentes y la Secretaría Legal y Técnica, como órgano delegante, mantendrá la coordinación y control de la actividad delegada.