Boletines/Bragado
Decreto Nº 1076
Bragado, 03/08/2021
Visto
VISTO: El Decreto Nº 810/21 de este Departamento Ejecutivo que adhiere a la tercera edición del “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística” creado por el Decreto Provincial Nº 644/2020; y,
Considerando
CONSIDERANDO: Que, dicho Fondo se destinará, exclusivamente, a prestar asistencia financiera para la reactivación y la adecuación de locales y espacios, al mantenimiento, al equipamiento y adquisición de insumos para la reapertura del turismo y la cultura, a través de los municipios en cuya jurisdicción se desarrollen tales actividades; Que, serán beneficiarios de la tercera edición El “Fondo Especial Municipal para la Reactivación Cultural y Turística”: establecimientos y espacios turísticos – culturales indirectos, que se encuentren radicados en el territorio de la provincia de Buenos Aires, inscriptos en el “Catálogo de Establecimientos Turísticos y Culturales de la Provincia Buenos Aires”, que cumplan los requisitos establecidos y sean oportunamente verificados por los Municipios como establecimientos elegibles para recibir los fondos; Que, son requisitos para acceder al Fondo poseer habilitación Municipal o haber iniciado la misma en el Departamento de habilitaciones (solo para aquellos locales comerciales con venta de bienes y servicios al público) Tener una actividad comprobable, cultural y/o turística comprobable frente a la AFIP y ARBA en el tiempo Poseer Personería Jurídica comprobable para aquellas categorías que abarcan asociaciones civiles, comisiones e instituciones. Que, la Biblioteca Popular Ricardo Guiraldes, reúne las condiciones para recibir el mismo; por ello:
EL INTENDENTE MUNICIPAL D E C R E T A
ARTICULO 1°.- OTORGAR la suma de PESOS VEINTE MIL ($ 20.000) a la BIBLIOTECA RICARDO GUIRALDES, por encontrarse comprendida en los términos del Decreto Nº 810/21. ARTICULO 2º.- Refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno Y Personal. H.V.GATICA. M. TOMASINO. ARTICULO 3°.- FIRMAR, REGISTRAR, COMUNICAR, PUBLICAR, DAR AL BOLETIN OFICIAL Y ARCHIVAR.