Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº815/2021

Decreto Nº 815/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 29/07/2021

Visto

El Expediente 4055-15-2021, Cuerpo VIII, Ref. Asignación de Recursos Destinados a Garantizar la Inclusión y Permanencia de Jóvenes en el Sistema Educativo; y

Considerando

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas;

Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;

Que a fojas 1498/1502, se encuentra el informe de Contaduría Municipal;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otorgase a las personas que a continuación se detallan, por el término y monto que para cada caso se indica, la siguiente ayuda económica:

Pesos Dos Mil Quinientos ($ 2.500) POR UNICA VEZ, en el mes de Julio 2021 a;

IRAZABAL Thiago Ariel, responsable de cobro Adriana Magali Yarnoz, DNI Nº 36.764.848.-

 

Pesos Un Mil Setecientos ($ 1.700) mensuales, desde 01-07-2021 al 31-12-2021, inclusive, a;

GUERRERO Manuel, responsable de cobro Betina Luján Tebes, DNI Nº 29.859.479.-

 

Pesos Tres Mil Quinientos ($ 3.500) mensuales, desde 01-07-2021 al 31-12-2021, inclusive, a;

DIAZ BALDOVINO Brandon y DIAZ BALDOVINO Lautaro, responsable de cobro María Verónica Baldovino, DNI Nº 30.665.182.-

 

ARTICULO 2º.- Modifíquese la suma mensual otorgada por el Artículo 1º del Decreto nº 304/2021, a los beneficiarios que a continuación se detallan, la cual será de Pesos Trece Mil ($ 13.000), desde el mes de Julio hasta Diciembre de 2021, inclusive.- 

DE BATTISTA Catalina, responsable de cobro María Fernanda Álvarez, DNI Nº 28.144.118;

REBOLINI Álvaro, responsable de cobro Martín Rebolini, DNI Nº 28.144.014;

RUBIERA OTTONELLO Ignacio, responsable de cobro Constanza Macarena Ottonello, DNI Nº 33.537.317.-

 

ARTICULO 3º.- Para poder continuar con este beneficio los alumnos deberán presentar trimestralmente la renovación de sus Certificados como Alumnos Regulares en sus respectivas carreras.-

 

ARTICULO 4º.- Los montos acordados precedentemente deberán efectuarse con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación

 

ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-