Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1537/21
General Pueyrredon, 07/09/2021
Visto
el “Convenio Específico Programa Federal de Integración Sociocomunitaria Viviendas Nuevas Provincia de Buenos Aires - General Pueyrredón” registrado bajo el Nº 1536/13, cuya convalidación fue realizada por la Ordenanza Nº 21898, promulgada mediante Decreto Nº 2619/14, y
Considerando
Que en este marco fueron construidas TRES (3) viviendas en el Barrio El Martillo, cuyas obras fueron realizadas por la Cooperativa de Trabajo “Lucha y Trabajo”.
Que habiéndose concluido las obras, resulta razonable se impulse la regularización de la tenencia de las viviendas a favor de quienes las habitan.
Que la Ley Provincial 14449, de acceso justo al hábitat, por la que se pretende abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional, en su Artículo 12º destaca la función social de la propiedad inmueble, a la vez que en su Artículo 14º insta al Estado al ejercicio de sus facultades regulatorias.
Que en el espíritu del Artículo 16º establece el marco dentro del cual la Administración Pública puede contribuir a garantizar la defensa de los derechos colectivos por medio de la aplicación del principio de función social de la propiedad, como así también tender a hacer efectiva la incorporación de la propiedad del suelo como un derecho de los habitantes.
Que a su vez, en el Artículo 8º hace hincapié en la coordinación con los Municipios a la hora de articular acciones y gestiones dirigidas a convertir en propietarias a las familias adjudicadas.
Que el Decreto Provincial 699/10, en su segundo considerando, destaca la importancia de la celeridad y fluidez de los trámites que substancien la declaración de interés social de la regularización dominial de las viviendas construidas con financiamiento del Estado.
Que ambas normas, buscan sanear aquellas irregularidades dominiales que hoy día y ante la realidad social que impera, atentan contra la seguridad jurídica del inmueble que las familias ocupan y ante la cual el Estado Municipal puede y debe posicionarse activa y positivamente.
Que a fojas 40, la Dirección de Proyectos y Hábitat informa que las viviendas fueron ejecutadas de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y reúnen las condiciones de habitabilidad y seguridad para ser habitadas en forma permanente.
Que a fojas 41, la Dirección Social de Viviendas manifiesta que se constató y evaluó la situación de ocupación de las viviendas a adjudicar.
Que de acuerdo a lo informado por la Dirección Social de Vivienda de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano, se constató y evaluó la situación de ocupación actual de las unidades habitacionales indicadas en el Anexo I.
Por ello, en uso de las atribuciones que les son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º - Apruébase el listado de adjudicatarios de 3 (tres) viviendas construidas en el marco del “Programa Federal de Integración Socio Comunitaria” ubicadas en el barrio El Martillo de esta ciudad, conforme el detalle que forma parte del presente como Anexo I.
ARTICULO 2º - El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTICULO 3º - Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección Social de Vivienda de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
GONZALEZ MONTENEGRO
ANEXO I
PROGRAMA FEDERAL DE INTEGRACIÓN
SOCIOCOMUNITARIA
COOPERATIVA “LUCHA Y TRABAJO”
LISTADO DE ADJUDICATARIOS – 3 (tres) VIVIENDAS
Barrio El Martillo
Circ. VI- Sec. H-Chacra 67- Manz. 67F
Parcela 8 Genova Bis 7340
Vega, Ismael Francisco DNI N° 32.809.915
Parcela 12 Sicilia 7315
Dufour, Roberto Abel DNI N° 38.607.496
Parcela 13 Sicilia 7335/7339
Dufour, Gerardo Maximiliano DNI Nº 27.303.988