Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1527/21
General Pueyrredon, 06/09/2021
Visto
lo tramitado mediante Expediente Nº 899 - P- 2019, y
Considerando
Que el agente GALLARDO, JUAN PABLO - Legajo Nº 32093/1, dependiente del Departamento Cementerio Parque del Ente Municipal de Servicios Urbanos, ha incurrido en la quinta (5º) inasistencia sin justificar, a contar de la última que motivó la sanción aplicada mediante Decreto Nº 354/20, según el siguiente detalle:
1º 06/02/2020 (cód.25)
2º 06/11/2020 (cód.24)
3º 07/01/2021 (cód.25)
4º 08/02/2021 (cód.24)
5º 11/03/2021 (cód.25);
Que el comportamiento señalado surge indubitablemente de los partes diarios de inasistencia de la Dependencia (fs. 16, 17, 21 y 22).-
Que habiéndose otorgado un plazo de cinco (5) días para que ejerciera su derecho de defensa, mediante Cédula de Notificación diligenciada el día 19 de julio de 2021, el agente no ha presentado descargo alguno.-
Que la conducta de este, es violatoria de las obligaciones fijadas para los agentes Municipales establecidas en el artículo Nº 103º inciso a) de la ley 14656.-
Que el proceder indicado lo haría pasible al agente de las sanciones disciplinarias previstas en el Artículo 108º inciso d) de la Ley Nº 14656.-
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Aplicar, al agente GALLARDO, JUAN PABLO - Legajo Nº 32093/1 dependiente del Departamento Cementerio Parque del Ente Municipal de Servicios Urbanos, una sanción disciplinaria de TREINTA (30) DIAS DE SUSPENSION, en el marco de lo establecido en el Artículo 108º inciso d) de la Ley Nº 14656 según el siguiente detalle: faltas con aviso sin justificar (Código 24) los días 06/11/2020 y 08/02/2021; faltas sin aviso sin justificar (Código 25) los días 06/02/2020; 07/01/2021 y 11/03/2021.-
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Gobierno y el señor Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.-
ARTÍCULO 3º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal, comuníquese por la Dirección de Personal del EMSUR e intervenga la Contaduría del mencionado Ente.-
Com/.
Dl/.
D`ANDREA BONIFATTI MONTENEGRO