Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1477/21

Decreto Nº 1477/21

General Pueyrredon, 30/08/2021

Visto

las presentes actuaciones, y

Considerando

Que mediante las mismas se solicita el alta del agente Nicolás Pedro Martin  – Legajo Nº 34.387/1 -, como Personal de Servicio Inicial, en la Dirección General Centro de Operaciones y Monitoreo, dándosele de baja del cargo que viene desempeñando en la Dirección General de Transporte.

 

     Que por Ordenanza Nº 24962 (Decreto Nº 2023/2020) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2021, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.

 

Que por lo expuesto es necesario modificar la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo Nº de Orden 21156.

 

Que la Dirección de Presupuesto, con fecha 25 de agosto de 2021,  eleva el informe correspondiente.

 

Por ello, en uso de las facultades que le son propias,

 

EL INTENDENTE MUNICIPAL

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación, a partir de la fecha:

 

U.E. 17-09-5-0-0-00 - Institucional 1-1-1-01-23-000 – Prog. 39-00-00 – Fin y Func. 2-1-0 - UER 26– DIRECCIÓN GENERAL CENTRO DE OPERACIONES Y MONITOREO.

 

 Nº O.                       C.F. Alta                                   Denominación 

 

21156                     7-01-74-01                       Personal de Servicio Inicial

 

ARTICULO 2º.- Dáse de alta, a partir de la fecha de su notificación, al agente  NICOLAS PEDRO MARTIN (Legajo Nº 34.387/1 – CUIL 20-39809829-4), como PERSONAL DE SERVICIO INICIAL (C.F. 7-01-74-01 – 45 hs. semanales - Nº de Orden 21156), en la Dirección General Centro de Operaciones y Monitoreo (U.E. 17-09-5-0-0-00), dándosele de baja del cargo de Personal de Servicio Inicial (C.F. 7-01-00-01 – 35 hs. semanales – Nº de Orden 20726 – U.E. 02-17-4-0-0-00,  quien se encuentra incluido dentro de la ley 10592,  manteniéndose el pago de la Bonificación Remunerativa que viene percibiendo.

 

ARTÍCULO 3º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 2º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la BONIFICACIÓN POR FRANCOS FIJOS Y/O ROTATIVOS equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de conformidad con lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto vigente.

 

ARTÍCULO 4º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse a: Institucional: 1-1-1-01-23-000 - Prog. 39-00-00 - Fin. y Fun. 2-1-0 – UER. 26 – F.Fin. 1-1-0 - Inc. 1 – P.P. 1 – P.p. 1 – P.Sp. 7.

Para el Art. 3º: Inc. 1 – P.P. 1 - P.p. 3 - P.Sp. 7 – Ap. 3.

 

ARTÍCULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor  SECRETARIO DE GOBIERNO y el señor SECRETARIO DE SEGURIDAD.

 

ARTÍCULO 6º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese  por la Dirección de Personal.

AB.

 

BONIFATTI     GARCIA    MONTENEGRO