Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1437/21
General Pueyrredon, 24/08/2021
Visto
las presentes actuaciones, y
Considerando
Que mediante las mismas se solicita el traslado del agente Roberto Luis Quiroga – Legajo Nº 28.021/1 – a la División Hogar Convivencial Casa de los Amigos.
Que por Ordenanza Nº 24962 (Decreto Nº 2023/2020) ha sido aprobado el Cálculo de Recursos y el Presupuesto de Gastos del ejercicio 2021, para la Administración Central, quedando facultado el Departamento Ejecutivo para reasignar créditos presupuestarios del inciso Gastos en Personal.
Que por lo expuesto es necesario efectuar distintas modificaciones en la Planta de Personal Permanente y Temporaria de la Administración Central.
Que la Dirección de Presupuesto, con fecha 18 de agosto de 2021, eleva el informe correspondiente.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Modifícase, la Planta de Personal Permanente de la Administración Central, dando de baja el cargo que se menciona a continuación a partir de la fecha:
U.E. 12-03-1-2-3-04 - Institucional 1-1-1-01-09-000 – Prog. 30-00-00 – Fin y Func. 3-2-0 - UER 9 – DIVISION HOGAR CONVIVENCIAL CASA DE LOS AMIGOS.
Nº de O. C.F. Baja Denominación
3927 1-30-00-01 Jefe de División
ARTÍCULO 2º.- Modifícase, la Planta de Personal Temporaria de la Administración Central, dando de alta el cargo que se menciona a continuación a partir de la fecha:
U.E. 12-03-1-2-3-04 - Institucional 1-1-1-01-09-000 – Prog. 30-00-00 – Fin y Func. 3-2-0 - UER 9 – DIVISION HOGAR CONVIVENCIAL CASA DE LOS AMIGOS.
Nº de O. C.F. Alta Denominación Meses
12625 2-22-74-03 Abogado Superior 10
ARTÍCULO 3º.- Trasládase, a partir de la fecha de su notificación, al agente ROBERTO LUIS QUIROGA (Legajo Nº 28.021/1 – CUIL 20-18083173-9), TECNICO I – C.F. 4-06-74-03 – 45 horas semanales - Nº de Orden 6666:
DE: U.E. 12-05-1-1-0-00 – Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 29-00-00 – Fin y Func. 3-2-0 – UER. 9 – DIRECCIÓN DE PROMOCION SOCIAL.
A: U.E. 12-03-1-2-3-04 – Institucional: 1-1-1-01-09-000 – Programático: 30-00-00 – Fin y Func. 3-2-0 – UER. 9 – DIVISION HOGAR CONVIVENCIAL CASA DE LOS AMIGOS, dándosele por finalizado el pago de la Bonificación por Tarea Riesgosa, manteniéndosele el pago del Fondo Compensador que viene percibiendo.
ARTÍCULO 4º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Lugares de Internación equivalente al TREINTA Y CINCO POR CIENTO (35%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 5º.- Otórgase, al agente mencionado mediante el Artículo 3º del presente Decreto, a partir de la fecha de su notificación, la Bonificación por Francos Fijos y/o Rotativos equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%), de acuerdo a lo establecido en la Ordenanza de Presupuesto Vigente.
ARTÍCULO 6º.- El egreso que demande el cumplimiento a lo dispuesto deberá imputarse:
Para Art. 4º: Inc. 1- P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 7 - Ap. 1.
Para Art. 5º: Inc. 1- P.P. 1 – P.p. 3 – P.Sp. 7 - Ap. 3.
ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por la señora SECRETARIA DE DESARROLLO SOCIAL.
ARTÍCULO 8º.- Regístrese, dése al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección de Personal.
Elg.
HOURQUEBIE MONTENEGRO