Boletines/General Pueyrredon
Resolución Nº 1454/21
General Pueyrredon, 08/09/2021
Visto
la presentación efectuada por la Sra. Claudia Marisol Palacios mediante Nota Nº 1119/21 y,
Considerando
Que se solicita la Declaración de Interés Cultural del XVI ENCUENTRO DE BIBLIOTECARIOS ESCOLARES “VISIBILIZANDO ESPACIOS DE TRANSFORMACIÓN”, el cual se realizará el día 9 de septiembre del corriente año a través del Canal YouTube de la Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina (ABGRA) Sede Mar del Plata.
Que la organización del evento está a cargo del GEBEA, el Grupo de Investigación en Ciencias Sociales (G.I.C.I.S.) de la Universidad Nacional de Mar del Plata con la participación de la Facultad de Humanidades a través de su Secretaría de Extensión y del CENDIE Jefatura Distrital Región XIX.
Que el Encuentro está destinado a bibliotecarios, docentes y directivos de todos los niveles y modalidades del sistema educativo, y estudiantes y graduados de Bibliotecología.
Que el cronograma de actividades incluye una presentación con los integrantes del Grupo G.I.C.I.S., la presentación del sitio oficial de Bibliotecas Escolares de General Pueyrredon, presentación del Proyecto “Bibliotecas Esenciales”, una mesa de experiencias, una charla denominada “Una cuestión pendiente… la pareja pedagógica y el bibliotecario escolar”, y a modo de cierre la charla denominada “¿Qué es para vos una Biblioteca Escolar?”.
Que la realización del Encuentro de Bibliotecarios Escolares mencionado previamente contribuye al crecimiento cultural de Mar del Plata y significa un beneficioso aporte a la cultura del Partido de General Pueyrredon.
Por ello, en uso de sus atribuciones,
EL SECRETARIO DE CULTURA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º.- Declarar de Interés Cultural la realización del XVI ENCUENTRO DE BIBLIOTECARIOS ESCOLARES “VISIBILIZANDO ESPACIOS DE TRANSFORMACIÓN”, el cual se realizará el día 9 de septiembre del corriente año a través del Canal YouTube de la Asociación de Bibliotecarios Graduados de la República Argentina (ABGRA).
ARTÍCULO 2º.- La Declaración de Interés a la que hace referencia el artículo 1º, no exime a los solicitantes de los derechos por publicidad y propaganda previstos en la Ordenanza Impositiva Vigente, así como los derechos administrados por SADAIC, AADI CAPIF y/o ARGENTORES, toda vez que corresponda.
ARTICULO 3°.- La entidad organizadora se obliga a mantener indemne al Municipio de General Pueyrredon por cualquier concepto que se deba a un tercero o a la misma Municipalidad, por daños o perjuicios que eventualmente se pudieren producir a los mismos o a sus bienes en razón de la realización y puesta en marcha de las actividades mencionadas en la presente Resolución.
ARTICULO 4º.- Registrar, dar al Boletín Municipal y comunicar por la División Coordinación Administrativa de la Secretaría de Cultura.
CB/slb.-
BALMACEDA