Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1407/21
General Pueyrredon, 20/08/2021
Visto
las presentes actuaciones que se relacionan con las Actas de Infracción labradas a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. por los Servicios de Higiene en el Partido de Gral. Pueyrredon, durante el mes de DICIEMBRE de 2019; Expte. nº 527-4-2015 Cpo. 01 Alc. 64, y
Considerando
Que según Actas de Infracción nº 19182, 19327, 19368, 19369, 19370, 19371, 19372, 19373, 19374, 19375, 19376, 19377, 19378, 19379, 19380, 19381 y 23145, se constata el incumplimiento del artículo 3.7, inc. 32 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que según Actas de Infracción nº 19267, 19268, 19269 y 19270, se constata el incumplimiento del artículo 3.7, inc. 36 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que según Actas de Infracción nº 19232 y 19233, se constata el incumplimiento del artículo 3.7, inc. 39 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que según Actas de Infracción n° 12892 y 19601 se constata el incumplimiento del artículo 3.7, inc. 50 del Pliego de Bases y Condiciones.
Que la Empresa Contratista presenta los correspondientes descargos a las Actas de Infracción labradas.
Que a fs. 77 la Dirección de Gestión de Residuos del EMSUR procede a realizar el cálculo pertinente de los montos correspondientes a las Actas de Infracción labradas, ascendiendo al importe total de la multa a PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 39/100 ($ 184.196,39).
Que de fs. 81 a 85 se expide la Asesoría Letrada del EMSUR, sugiriendo “…no hacer lugar al reclamo impetrado por la empresa habiéndose observado los recaudos de Debido Proceso y Verdad Material, en cuyo caso se proceda a aplicar la sanción pertinente, sobre cuyo quantum deberá expedirse la dependencia correspondiente.”
Que a fs. 87 la Contaduría Municipal procede a realizar la imputación preventiva correspondiente, indicando que el importe de la multa, “…coincide con el que se indicara como retención preventiva al momento de elevarse la factura del mes de Diciembre 2019”.
Por ello, y en uso de las atribuciones que le son propias,
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTÍCULO 1º.- Impónese a la Empresa Transportes 9 de Julio S.A. una multa de pesos CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CON 39/100 ($ 184.196,39.-) por las Actas de Infracción labradas por los Servicios de Higiene en el Partido de Gral. Pueyrredon, durante el mes de DICIEMBRE de 2019 – detalladas en los considerandos del presente.
ARTÍCULO 2º.- Impútese el ingreso a Tipo 12 – Clase 6 - Concepto 03.
ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía y Hacienda y el Presidente del Ente Municipal de Servicios Urbanos.
ARTÍCULO 4º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal y notifíquese a la Contratista.
D`ANDREA BLANCO MONTENEGRO