Boletines/Daireaux
Decreto Nº 644/17
Daireaux, 16/06/2017
Visto
El Expediente Administrativo Nro. 4022-8056/2017, y
Considerando
Que a Fs. 1 la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nro. 902 “Merceditas de San Martín” , exponen por nota presentada el dia 15 de Mayo de 2017 y elevada para instrumentación del referido expediente con fecha 30 de Mayo de 2017, la necesidad de con fondos para proceder a la adquisición de 4 equipos de PC completos, necesarios para la realizar las actividades pedagógico-didácticas de la Institución, acorde con las nuevas tecnologías;
Que el costo de los mismos asciende a la suma de $ 46.000;
Que este Departamento Ejecutivo resuelve dar una respuesta favorable;
Que el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad establece que “ Toda entidad ajena a la comuna que reciba de ésta, sumas de dinero en concepto de subvención o subsidio, queda obligada a rendir cuentas de las mismas. Las rendiciones se instrumentarán con documentos o, en su defecto, con balances donde conste el ingreso y la inversión o destino de los fondos recibidos”;
Que a su vez el Articulo 132º de la citada norma dispone “ La falta de rendición de cuentas constituye causa para privar a las entidad remisa del derecho a percibir nuevos beneficios. La Contaduría observará y no dará curso a disposiciones del D. E. que ordenen nuevas entregas mientras subsista la causal señalada. En caso de insistencia del D.E., éste será responsable”;
Que el Registro de Entidades de Bien Publico certifica a Fs. 10 que la Entidad solicitante se encuentra inscripta en el mismo bajo el Nro. 158/05, cumpliendo en tiempo y forma con los requisitos a presentar para mantener en vigencia su registro, de acuerdo lo instrumenta la Ordenanza Nro. 326/91;
Que a su vez a Fs. 11 la Contaduría Municipal informa la Partida Presupuestaria bajo la cual se imputará el gasto;
Que debe dictarse el acto administrativo pertinente;
Por ello
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE DAIREAUX, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES
D E C R E T A
ARTICULO 1º. Otorgase a la Asociación Cooperadora del Jardín de Infantes Nro. 902 “Merceditas de San Martín” – Entidad de Bien Público Nro.08/79 - la suma de Pesos cuarenta y seis mil ($46.000) en concepto de subsidio, de acuerdo a lo actuado por Expediente Administrativo Nro. 4022-8056/2017.-
ARTICULO 2º. El gasto que demande el cumplimiento del presente se atenderá con cargo a la partida presupuestaria consignada por la Contaduría Municipal del Cálculo de Recursos y Presupuesto de Gastos 2017: -
Jurisdicción 1110104000 Secretaria de Desarrollo –
Programa 18 Política Educativa Local –
Subprograma 01 Proyectos Educativos –
Partida: 5.1.5.0. “Transferencias a Instituciones de Enseñanza” .-
ARTICULO 3º. La entidad beneficiaria deberá confeccionar y elevar en un plazo no mayor de quince (15) dias de recibido el beneficio a que se da lugar por el presente, la correspondiente rendición de cuentas de la inversión del subsidio recibido, debiendo presentar documentación veraz y que cumpla con los requisitos legales, en el marco de lo establecido en el Articulo 131º del Reglamento de Contabilidad y Disposiciones de Administración para las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires, firmada por el Presidente y Tesorero de la Entidad, caso contrario constituye causa para privar a la institución de percibir nuevos beneficios.
ARTICULO 4º. Refrende el presente el Señor Secretario de Gobierno .-
ARTICULO 5º. COMUNIQUESE, TOMEN RAZON QUIENES CORRESPONDA, REGISTRESE Y ARCHIVESE.--