Boletines/Moreno

Ordenanza Nº6514/21

Ordenanza Nº 6514/21

Moreno, 29/04/2021

VISTO el Expte. H.C.D N° 34.263/2021, donde se solicita se cree una comisión de acompañamiento a los medios locales de comunicación en el H.C.D; y

CONSIDERANDO que los medios locales de comunicación asumen el compromiso de trasmitir información veraz a la Comunidad y la canalización de inquietudes de los vecinos y vecinas a través de las diferentes plataformas comunicacionales consolidadas en el Distrito.

QUE resulta imposible pensar en el pleno ejercicio del derecho de la libertad de expresión sin la presencia de los medios de comunicación.

QUE se entiende por medio de comunicación al sistema que, con distintas herramientas y procesos, lleva adelante la difusión de noticias, información, opiniones y hechos que se interrelacionan con la comunidad, en el marco de una estructura organizativa como mínimo formalismo.

QUE la pandemia de coronavirus puso de manifiesto el importantísimo rol que desempeñan los medios de comunicación locales en la difusión de la información, no solo sobre la enfermedad, sino también sobre las medidas que decidan los gobiernos en sus distintos estamentos, en un contexto inédito en la historia moderna de la humanidad.

QUE la crisis económica que atraviesa nuestro país desde hace años impactó de lleno en la estructura económica de los distintos medios locales y regionales.

QUE en momentos en que se debate a nivel global la crisis del modelo de negocios de los grandes medios de comunicación muchos de ellos hegemónicos ante la irrupción de grandes concentradores de contenidos, que se nutren de las producciones ajenas y que no se distribuyen los ingresos, y que tendrá la consecuencia de una mayor concentración de la información, los medios de comunicación más pequeños ven un futuro más incierto.

QUE esta situación es una de las consecuencias de considerar a la información como una mercancía de intercambio en un sistema capitalista salvaje cuando en realidad se trata de un bien público, al que se debe tener un acceso irrestricto.

QUE los medios de comunicación locales y regionales son fundamentales en la difusión de la cultura, educación, los problemas de infraestructura históricas, las demandas en torno al acceso a la salud, y distintas problemáticas que se plantean en una vida comunitaria en constante tensión-como la seguridad y la justicia- son ejes de trabajo de cualquier medio de comunicación, periodistas, comunicadores y difusores en general con una mirada empática a su comunidad.

QUE en estos tiempos donde las redes sociales han tomado protagonismo, es más necesario que nunca que las informaciones y noticias emanen de entidades que tengan base en la veracidad de las mismas, para combatir los fake news (noticias falsas) y la posverdad (las noticias falsas ya incorporadas como una verdad por su repetición y divulgación masiva).

QUE para enfrentar estas situaciones, es fundamental la existencia de medios de comunicación local y regional, fuerte y creíble, garante de una información cercana, genuina y transparente.

POR TODO ELLO, el Honorable Concejo Deliberante de Moreno, en uso de sus atribuciones legales sanciona la siguiente:

 

ORDENANZA

ARTÍCULO 1°: Crease en el ámbito del Honorable Concejo Deliberante de Moreno la "Comisión Especial de Acompañamiento a los medios locales de comunicación".-

ARTICULO 2°: La Comisión estará integrada por la representación institucional de todos los Bloques Políticos del Honorable Concejo Deliberante, con un mínimo de siente (7) y un máximo de quince (15) integrantes.-

ARTICULO 3°: La Comisión Especial de Acompañamiento a los medios locales de comunicación tendrá carácter Especial hasta la próxima modificación del Reglamento para el Régimen Interno del Honorable Concejo Deliberante, que deberá incorporarla como Comisión Permanente.-

ARTICULO 4°: La Comisión Especial de Acompañamiento a los Medios Locales de Comunicación tendrá a cargo todas las cuestiones referentes a la actividad y sostenimiento de los medios de comunicación locales con presencia en el partido de Moreno, Provincia de Buenos Aires.

ARTICULO 5°: La Comisión Especial de Acompañamiento a los Medios Locales de Comunicación deberá:

  1. Convocar en un plazo de 15 (quince) días corridos de constituida a los responsables de los medios de comunicación con injerencia comprobable en el Partido de Moreno.
  2. Conformar un Registro de Medios Locales con actividad en el Partido de Moreno.
  3. Convocar a los responsables y/o representantes de los medios locales a asambleas mensuales para debatir la problemática de los medios locales.
  4. Convocar a los responsables de las áreas de comunicación del Gobierno Nacional y Provincial con el objeto que informen sobre la inversión publicitaria planificada o en ejecución con destino a los medios locales, en el mismo plazo consignado en el artículo precedente.
  5. Requerir al Departamento Ejecutivo con el área que corresponda en un plazo de quince (15) días corridos de constituida, informe detalladamente la inversión publicitaria destinada a los medios locales, con los criterios de selección, las partidas presupuestarias asignadas y su discriminación y el flujo de pagos y de periodicidad.
  6. Elaborar, con la participación de los distintos actores convocados y en un plazo no superior a seis (6) meses la conformación de la presente comisión, un proyecto de regulación normativa en la materia equitativo para los medios de comunicación locales, donde se contemple cuestiones vinculadas a la generación de puestos de trabajo y contenidos.
  7. Garantizar acceso público a las reuniones, audiencias, asambleas, etc. que desarrolle la Comisión.

 

ARTICULO 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, regístrese y archívese.

SALA DE SESIONES DEL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MORENO, 29 de Abril de 2021.

COLAZO Teresa B.                                      BELLOTTA, Araceli

Secretaria                                                                 Presidenta

Comunicado al D.E el día 19/07/2021

Promulgada mediante el Decreto N° 1410 de fecha 19/07/2021