Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1511/21
General Pueyrredon, 06/09/2021
Visto
el “Convenio Específico Programa Federal de Integración Sociocomunitaria Viviendas Nuevas Provincia de Buenos Aires - General Pueyrredón” registro ACU Nº 1215/201, cuya convalidación fue realizada por la Ordenanza Nº 22859, promulgada mediante Decreto Nº 2256/16, y
Considerando
Que en el Barrio El Martillo de esta ciudad, se construyeron DOS (2) viviendas cuya obra fue realizada por la Cooperativa de Trabajo “15 de Enero”.
Que habiéndose concluido las obras, resulta razonable se impulse la regularización de la tenencia de las viviendas a favor de quienes las habitan.
Que es imprescindible observar, tratándose este de un beneficio de carácter social, los perjuicios que la falta de seguridad jurídica conlleva para los ocupantes de estas viviendas, que en algunos casos superan los seis años de ocupación efectiva.
Que la Ley Provincial Nº 14449, de Acceso Justo al Hábitat, por la que se pretende abordar y atender integralmente la diversidad y complejidad de la demanda urbano habitacional, en su Artículo 12 destaca la función social de la propiedad inmueble, a la vez que en su Artículo 14 insta al Estado al ejercicio de sus facultades regulatorias.
Que el Decreto Provincial 699/10 de nuestra Provincia, en su segundo considerando, destaca la importancia de la celeridad y fluidez de los trámites que substancien la declaración de interés social de la regularización dominial de las viviendas construidas con financiamiento del Estado.
Que en el espíritu del Artículo 16 establece el marco dentro del cual la Administración Pública puede contribuir a garantizar la defensa de los derechos colectivos por medio de la aplicación del principio de función social de la propiedad, como así también tender a hacer efectiva la incorporación de la propiedad del suelo como un derecho de los habitantes.
Que a su vez, en el Artículo 8 hace hincapié en la coordinación con los Municipios a la hora de articular acciones y gestiones dirigidas a convertir en propietarias a las familias adjudicadas.
Que ambas normas, buscan sanear aquellas irregularidades dominiales que hoy día y ante la realidad social que impera, atentan contra la seguridad jurídica del inmueble que las familias ocupan y ante la cual el Estado Municipal puede y debe posicionarse activa y positivamente.
Que a fojas 46, la Dirección de Proyectos y Hábitat informa que las viviendas fueron ejecutadas de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones y reúnen las condiciones de habitabilidad y seguridad para ser habitadas en forma permanente.
Que a fojas 48, la Dirección Social de Viviendas manifiesta que se constató y evaluó la situación de ocupación de las viviendas a adjudicar.
Por ello, en uso de las atribuciones que les son propias
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º: Apruébase el listado de adjudicatarios de 2 (dos) viviendas construidas en el marco del “Programa Federal de Integración Socio Comunitaria” ubicadas en el barrio El Martillo de esta ciudad, conforme el detalle que forma parte del presente como Anexo I.
ARTICULO 2º: El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras y Planeamiento Urbano.
ARTICULO 3º: Regístrese, dese al Boletín Municipal y comuníquese por la Dirección Social de Vivienda de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.
GONZALEZ MONTENEGRO
ANEXO I
PROGRAMA FEDERAL DE INTEGRACIÓN
SOCIOCOMUNITARIA
COOPERATIVA “15 DE ENERO”
LISTADO DE ADJUDICATARIOS – 2 VIVIENDAS
Barrio El Martillo
Circ. VI- Sec. H – Chacra 67 - Mnz 67 am
Parcela 13 UF 1 William Morris N° 7325
Guerrero, Gabriela Ayelen DNI N° 44.217.987
Parcela 13 UF 2 William Morris N°7315
Miranda, Lorena Leticia DNI N° 27.953.314
Lazo, Manuel Alejandro DNI N° 29.4