Boletines/Mercedes

Decreto Nº1192/2021

Decreto Nº 1192/2021

Mercedes, 30/08/2021

Visto

El Decreto municipal N° 748/20 y Ordenanza N° 8454/2020 que instrumentan el sistema de Declaraciones Juradas de los funcionarios y funcionarias, así como medidas de transparencia de la administración pública municipal y su adhesión a la Ley provincial N° 15.000 que regula el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales de los funcionarios y agentes del sector público de la Provincia de Buenos;

Considerando

Que, el sistema de Declaraciones Juradas Patrimoniales se presenta como una herramienta esencial de transparencia institucional, acceso a la información por parte de la población y buenas prácticas de ética pública;

Que, en ese sentido y tal como nos propusimos, es necesario avanzar en la consolidación de políticas de transparencia de la función pública,

Que, a ese fin, el municipio se encuentra impulsando acciones con la Oficina de Transparencia Institucional (OTI), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;

Que, en efecto, el municipio se halla trabajando conjuntamente en la celebración de un Convenio marco con la Oficina de Transparencia Institucional (OTI) a fin de adoptar el nuevo sistema de presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales PBA – AFIP que permite importar la información de otras declaraciones presentadas previamente ante la AFIP, optimizar los niveles de transparencia;

Que, se hace menester adecuar los plazos de vencimiento para la presentación de DDJJ anuales establecidos por la ley provincial Nº 15.000, hasta tanto se termine de formalizar dicho instrumento;

Que, la universalización del sistema permitirá que nuestro municipio utilice el nuevo sistema de presentación de Declaraciones Juradas Patrimoniales PBA-AFIP, al tiempo que permitirá a la población bonaerense acceder a la información declarada por quienes se desempeñan en la función pública;

Que la presente medida se dicta en uso de facultades legales que son propias del Departamento Ejecutivo del Municipio de Mercedes.

Por ello, el Señor Intendente Municipal en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°: ESTABLECESE el plazo 31 de agosto del año en curso como fecha para la presentación de la declaración jurada anual de los funcionarios del Departamento Ejecutivo de este municipio conforme ley Nº 15.000.

ARTÍCULO 2°: PRORROGUESE por treinta (30) días hábiles para presentar las declaraciones juradas patrimoniales integrales para la actualización anual, teniendo en cuenta la implementación de los convenios con la Oficina de Transparencia Institucional (OTI), dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos mencionado en los considerandos. Hasta tanto se finalice la implementación se continuará utilizando el sistema disponible en https://autogestion.mercedes.gob.ar/login

ARTÍCULO 3°: Dispóngase que el universo de sujetos obligados son los comprendidos en el artículo 2º Decreto municipal Nº 748/20.

ARTÍCULO 4°: La Autoridad de Aplicación del presente es la Secretaría de Gobierno, quien tendrá a su cargo la recepción, custodia, registro, publicación y archivo de las Declaraciones Juradas Patrimoniales.

ARTÍCULO 5°: La presentación se tendrá acreditada conforme a los mecanismos establecidos en el artículo 6º del Decreto municipal Nº 748/20.

ARTÍCULO 6º: DEJESE SIN EFECTO las disposiciones transitorias del artículo 12º del Decreto municipal Nº 748/2020.

ARTICULO 7º: Regístrese. Comuníquese. Hágase saber al Honorable Concejo Deliberante. Dese al Digesto General. Cumplido, archívese.-