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Resolución Nº540/2021

Resolución Nº 540/2021

Mercedes, 27/08/2021

Visto

Que en el marco del Expediente N° 4817 del año 2020, caratulado: “SAN PEDRO FERNANDO S/ PROGRAMA “MI TERRENO” por el cual solicita acceder junto a su pareja CAMELE María Florencia al programa MI TERRENO, y,

Considerando

Que atento al octavo sorteo realizado el pasado 13 de agosto de 2021 a las 10 horas en el Teatro “Julio Cesar Gioscio”, con la presencia del Escribano Juan Pablo Giannini, quien labró el Acta de Constatación N° 47, y que salieron sorteados titulares N° 7; se publicaron edictos a los fines que particulares presenten oposiciones y se realizó la consulta del formulario (755) ante el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, con la intención de conocer si los titulares o sus respectivos cónyuges cuentan con inmuebles a su nombre, corroborando el cumplimiento del inciso 2 del artículo 19 de la Ordenanza 7982/17.-

Que de la consulta al índice de titulares de la Sra. CAMELE MARIA FLORENCIA con DNI 23.003.762 obrante a fs. 35 de autos, surge un inmueble a su favor en el partido 71; partida 26273 cuya nomenclatura catastral es Circunscripción I, sección C, manzana 288, parcela 9 A;

Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Que consintió al pie con su firma que el falseamiento de la Declaración Jurada dará lugar a la descalificación directa;

Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Director de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1405/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que

RESUELVO:

Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa “Mi Terreno” al Sr. SAN PEDRO Fernando Javier con DNI 20.383.525 y a la Sra. CAMELE María Florencia con DNI 23.003.762 por falseamiento de la Declaración Jurada e incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…)  2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”

Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65, 86 Y 89 de la Ordenanza General N° 267.-

Artículo 3°: Previo archivo, realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-