Boletines/Mercedes
Resolución Nº 529/2021
Mercedes, 24/08/2021
Visto
El Expediente N° 4427 del año 2021 caratulado “FERNANDEZ ANA LAURA S/ PROGRAMA “MI TERRENO”; y,
Considerando
Que según obra en la Declaración Jurada a fs. 1, la Sra. FERNANDEZ se encuentra radicada en el partido de Mercedes desde el año 2017; por lo que se procede a enviar una cedula notificada con fecha 02/08/2021 para que acredite su residencia de 5 (años) continuos e inmediatos, en el plazo de 10 días de recibida la misma;
Que al día de la fecha la Sra. FERNANDEZ no presento ningún descargo ni documentación probatoria acreditando lo solicitado;
Que la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, fija como requisito en su artículo 19 inciso 6° “Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.-
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N°1987/18, donde en su artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud de ingreso al Programa MI TERRENO a la Sra. FERNANDEZ Ana Laura con DNI 38.666.233 por incumplir con lo requerido en el artículo 19 de la Ordenanza Municipal N°7982/2017, el cual reza: “Determínese que, para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 6.Que acrediten fehacientemente, más de cinco (5) años de residencia en el partido de Mercedes continuos e inmediatos”.-
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art.65, 86 y 89 de la Ordenanza General N°267.-
Artículo 3°: Previo archivo, realizar las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes si estima corresponder (Art.5° anexo Decreto 1405/18).-