Boletines/Mercedes
Resolución Nº 522/2021
Mercedes, 23/08/2021
Visto
Que en el marco del Expediente N° 7678 del año 2018, caratulado: “LAURINO CAMILA S/ PLAN VIVIENDA O TERRENO” por el cual solicita el ingreso al programa “MI TERRENO”, y,
Considerando
Que por motivo de una denuncia emitida en esta Dirección con reserva de identidad a la Sra. Laurino Camila, manifestando que tiene un bien inmueble; se procedió a consultar mediante Índice de Titulares a la Dirección Provincial del Registro de la Propiedad;
Que del resultado obrante a fs. 15, surge un inmueble a nombre de la Sra. LAURINO Camila con DNI 34.991.936 en el partido 71 con nomenclatura catastral en circunscripción 1, sección D, manzana 345, parcela 10 E;
Que conforme al inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017 para la operatoria de adjudicación, oferta pública y/o sorteo de inmuebles, las personas que participen de la misma deberán cumplir con las siguientes condiciones mínimas (…) 2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…).”
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987/18, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que,
RESUELVO:
Artículo 1°: Denegar la solicitud de la Sra. LAURINO Camila con DNI 34.991.936 al Programa “Mi Terreno” por incumplimiento del inciso 2° del artículo 19 de la Ordenanza Municipal N° 7982/2017, el cual reza: “2. No poseer, ninguno de los integrantes del grupo familiar, bienes inmuebles propios (…)”; siendo asimismo falsa la declaración jurada agregada en autos a los efectos de la inscripción.-
Artículo 2°: Notifíquese mediante cédula y con transcripción del art. 65, 86 y 89 de la Ordenanza General N° 267.-
Artículo 3°: Previo archivo, realizase las modificaciones pertinentes en el listado de aspirantes. (Art. 5° anexo Decreto 1405/18).-