Boletines/Mercedes
Resolución Nº 485/2021
Mercedes, 06/08/2021
Visto
El expediente N° 643 del año 2017 caratulado: “DEPARTAMENTO EJECUTIVO – Proyecto de Ordenanza Creación Banco de Tierras y Vivienda”, y:
Considerando
Que por medio de la Ordenanza N° 7982/2017, se crea el Banco de Tierras e inmuebles Municipal, donde en su artículo 17° crea el Programa de Disposición de Tierras e Inmuebles.-
Que en razón a que en el marco del Programa “Mi Terreno” impulsado por la Municipalidad de Mercedes, del que ya se efectuaron siete sorteos públicos, con presencia y fé de escribanos públicos colegiados de nuestro distrito, que garantizaron la transparencia y orden en la elección de beneficiarios y siendo que de la operatoria, se encuentran disponibles inmuebles que garantizan el acceso a la vivienda;
Que como autoridad de aplicación del Programa MI TERRENO, por mi carácter de Directora de Tierras y Hábitat, a partir de las facultades que me confiere el Decreto Reglamentario N° 1987, donde en el artículo 2° del Anexo me habilita a realizar todas las acciones tendientes y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de sus fines, es que
RESUELVO:
Artículo 1°. Determinar como fecha para el Octavo Sorteo del Programa “MI TERRENO”, el día viernes 13 de agosto de 2021 a las 10 horas, a realizarse en las instalaciones del Teatro Julio Cesar Gioscio sito en calle 27 e/ 24 y 26 de esta localidad, en el cual se sortearán 50 (cincuenta) aspirantes a titulares y 15 (quince) aspirantes suplentes en un solo sorteo del listado general donde participarán los 5535 inscriptos habilitados al día de la fecha.-
Artículo 2°. Designar como escribano interviniente al notario Juan Pablo Gianini quien en el día y hora estipulado en el artículo anterior, labrará el acta correspondiente donde conste todo lo acontecido, tomando razón antes de ese acto del sorteo de letra sucedido el pasado viernes 6 de agosto de 2021 ante su presencia, donde salio la letra “G”, sobre el cual labró el acta correspondiente habiendo quedado desde entonces determinado el orden del listado el cual forma parte de esta en su anexo.-
Artículo 3°. Ordenar la publicación del Listado Oficial definitivo en el sitio web, como asimismo la designación de números por la alternancia dispuesta a partir del sorteo de letra previo a cada sorteo del Programa.
Artículo 4°. Los pre-adjudicatarios que surjan por el resultado del sorteo, serán convocados a dar cumplimiento a los demás requisitos del Programa (informes socio – ambientales, informe en índice de titulares del RPBA, etc.) cumplimentados los mismos y respetando el orden en que salieron, podrán elegir el lote a adquirir dentro del loteo para el que calificaron con igual observancia en el llamado.-
Artículo 5°. Publíquese en el Boletín Oficial, a cuyo fin pase a Secretaría de Gobierno para su publicación.-