Boletines/Mercedes

Decreto Nº1162/2021

Decreto Nº 1162/2021

Mercedes, 26/08/2021

Visto

El Expediente N° 1727/2021, Caratulado “Departamento Ejecutivo s/ Paritarias 2021”.

El Decreto N° 485- Folio N° 688/690- Libro N° 55, de fecha 19 de abril de 2021.

Considerando

Que el Ejecutivo entiende la situación económica por la que están atravesando los trabajadores y trabajadoras municipales y pretende con los salarios ganarle a la inflación.-

Que luego de varias reuniones y en el marco de la Comisión Negociadora de la Paritaria correspondiente al año en curso, se ha decidido de manera conjunta adelantar el aumento del 13% estipulado para el mes de Septiembre de 2021, una parte para el pago del mes de Agosto, quedando la restante para el pago del mes de Septiembre de 2021.-

Que, en igual sentido, se acordó un incremento salarial de un 10% (diez por ciento) en el salario básico sobre y por encima del aumento pactado para este 2021, del 35% (treinta y cinco por ciento), sumando así un AUMENTO DEL 45% (CUARENTA Y CINCO POR CIENTO) DEL SALARIO BASICO PARA EL 2021 para todas las categorías del escalafón municipal de planta permanente, temporaria y política, tomando como base el sueldo básico de marzo del corriente año.

            Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones emergentes de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

Por ello, EL SR. INTENDENTE MUNICIPAL en uso de las facultades legales que le son propias,

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el aumento expuesto en Artículo 2°) del Decreto N° 485 – Folio N° 688/690 – Libro N° 55, de fecha 19 de Abril de 2021, donde dice:

“13% el día 30 de septiembre de 2021”, deberá decir:

“7% a la fecha de pago del mes de Agosto de 2021”

“6% a la fecha de pago del mes de Septiembre de 2021”.-

ARTÍCULO 2°.- Otórgase un incremento salarial mensual para todo el personal MUNICIPAL en actividad de planta permanente, temporaria y política.

ARTÍCULO 3°.- Dispónese que el aumento expuesto en Artículo 2°), consistirá en un 10 % en el salario básico para todas las categorías del escalafón municipal de planta permanente, temporaria y política, tomando como base de cálculo el salario básico de marzo de 2021, no siendo el mismo acumulativo, a la fecha de pago del mes Octubre de 2021.-

 ARTÍCULO 4°.- Lo dispuesto en los Artículos 1°, 2° y 3°, alcanza a los jubilados y pensionados municipales, la que se hará efectiva a través de la presentación del presente Decreto ante el Instituto de Previsión Social (IPS).-

ARTÍCULO 5°.- Regístrese. Comuníquese. Dese al digesto general. Cumplido, Archívese.-