Boletines/Mercedes

Decreto Nº1054/2021

Decreto Nº 1054/2021

Mercedes, 04/08/2021

Visto

    Lo actuado en el Expediente Nº 4698/21, caratulado: “Club Atlético El Porvenir s/ Terminación de Obra-galería”; y:

Considerando

 Que en la nota de fs. 6, el Presidente del Club “El Porvenir”, Sr. Robledo Lujan Carlos, solicita ayuda económica necesaria para solventar los gastos de la obra de finalización de la galería que se encuentra en la sede del Club.

Que se trata de una Institución que persigue finalidades de bien público, a través de las actividades sociales y deportivas que realiza.

Que en fojas 8, la Coordinación de Deportes adhiere a la solicitud presentada, considerando conveniente brindar la ayuda requerida.

Que existe partida presupuestaria disponible.

                Por ello, el Señor INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades legales que le son propias:

                                                   D   E   C   R   E   T  A:

ARTÍCULO 1º.-OTORGASE al Club “El Porvenir”, representado por su Presidente, Señor Robledo Lujan Carlos (DNI Nº 8.110.767), un subsidio por la suma de PESOS QUINIENTOS NUEVE MIL SESENTA Y DOS ($509.062,00), destinados a la finalización de la obra de infraestructura en la sede del Club.

La asistencia aludida le será entregada a la entidad beneficiaria en forma parcializada en tres (3) etapas, conforme al detalle que se cita a continuación, debiendo acreditar de modo fehaciente el avance de obra en cada etapa, para poder efectivizar el monto correspondiente a la siguiente:

 

 

 

ETAPA UNO (1)

 

MATERIALES

 

Membrana ormiflex 4mm

$74.400,00

Escombro (volcado)

$5.800,00

Pintura asfáltica x 18 lts

$6.600,00

Varilla 8

$8.250,00

Chapas 5,00 mt

$19.880,00

Puerta de alimunio ciega c/ picaporte 0,80 ml

 

$34.000,00

Clavo cabeza plomo 76

$770,00

Hueco 12

$22.752,00

Arena (volcada)

$17.400,00

Cal

$18.800,00

Cemento

$14.250,00

Aislante 10 mm

$29.160,00

SUB-TOTAL

$252.062,00

 

 

 

ETAPA DOS (2) A

 

 

 

 

 Mano de obra

 

 

 

$128.500,00

 

 

ETAPA DOS (2) B

 

Mano de obra

 

$128.500,00

 

TOTAL

 

$509.062,00

 

ARTÍCULO 2º.- La ayuda mencionada en el artículo anterior deberá imputarse a la Jurisdicción 1110109000. Categoría Programática 32.02.00. Objeto del Gasto 5.1.7.0. Fuente de Financiamiento 110.

ARTÍCULO 3º.- La entidad recurrente deberá efectuar una rendición de cuenta en el plazo de 30 días posteriores al final de obra.

ARTÍCULO 4º.-Regístrese. Comuníquese. Dése al Digesto General. Cumplido, archívese.