Boletines/General Pueyrredon

Decreto Nº1481/21

Decreto Nº 1481/21

General Pueyrredon, 31/08/2021

Visto

el presente actuado por el que tramita la contratación del suministro de combustible líquido (nafta súper, diesel, Infinia, Infinia diesel) para el abastecimiento de vehículos de varias dependencias municipales, y

Considerando

Que como antecedente inmediato del suministro objeto del presente se contrató para la flota rodante autoportante de las dependencias de la Administración Central, mediante Decreto 0369/21 (fs. 2) - Orden de Compra Nº 237/21 (fs. 3), a la firma CIRO MAR S.A.

 

Que a foja 4 obra Solicitud de Pedido 1416/21 de la Dirección General de Contrataciones para el suministro de combustible líquido hasta el monto de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000).

 

Que respecto de los precios de las variantes de combustible, es el publicado en surtidor el día de carga, manteniéndose la modalidad que viene contratándose hasta el presente.

 

Que la autoridad adjudicante entiende que la presente contratación  encuadra en los términos del artículo 156º inciso 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades y responde oportunamente al cumplimiento de la finalidad perseguida, en el marco de los principios de razonabilidad para atender los fines públicos y económicos del Municipio, oportunidad, eficacia y eficiencia postulados por el artículo 100º del Dto. 2980/00.

 

Que la Contaduría General se expide a fojas 11 ejerciendo el control de legalidad de su competencia.

 

Por ello, y en virtud de las facultades que le son propias

EL INTENDENTE MUNICIPAL

 

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º.- Contrátese en los términos del artículo 156 inciso 10 de la Ley Orgánica de las Municipalidades (adquisiciones de bienes de valor corriente en plaza en las condiciones comerciales de oferta más convenientes en el mercado) el suministro de combustible líquido para el abastecimiento de vehículos de varias dependencias municipales, al precio publicado en surtidor al día de carga, con pago de facturación a siete (7) días por consumo semanal, a la firma CIRO MAR S.A., hasta el importe total autorizado de PESOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($2.500.000,00). Período estimado de consumo: tres (3) meses.

 

1.1. Forma de entrega del suministro: contra presentación de vale de combustible preimpreso, con sello y firma de funcionario autorizante, hasta las cantidades máximas autorizadas en el mismo.

 

1.2. Los precios vigentes base al 19/08/2021 por litro son: $ 101,60 para Nafta Súper, $ 117,10 para Infinia, $ 112,80 para GO-Infinia Diesel y $ 92,20 para D. Diesel 500.

 

1.3. Periodo: desde la adjudicación y hasta agotar la partida contratada.

 

ARTICULO 2º.- El egreso autorizado en el artículo precedente se imputará a la siguiente partida, ejercicio 2021:

 

 FIN/FUN

PROG.

INC.

P. P

P. p

P. Sp

F. Fin

INSTITUCIONAL

UER

IMPORTE

1-3-0

01.07.00

2

5

6

0

110

1110105000

5

$2.500.000

 

ARTICULO 3º.- Los funcionarios municipales constatarán que el precio facturado responda al precio publicado en el momento de la carga, dejando constancia de ello en el remito o instrumento que haga sus veces estampando su firma para conformidad.

 

ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por el señor Secretario de Economía  y Hacienda.

 

ARTÍCULO 5°.- Regístrese,  comuníquese,  publíquese  y  para  las  notificaciones  y demás efectos que correspondan intervenga la Dirección General de Contrataciones y la Contaduría General.

 

BLANCO      MONTENEGRO