Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº674/2021

Decreto Nº 674/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 24/06/2021

Visto

El Expediente 4055-15-2021, Cuerpo VIII, Ref. Asignación de Recursos Destinados a Garantizar la Inclusión y Permanencia de Jóvenes en el Sistema Educativo; y

Considerando

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas;

Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;

Que a fojas 1431, se encuentra el informe de Contaduría Municipal;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

 

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otorgase a las personas que a continuación se detallan, por el término y monto que para cada caso se indica, la siguiente ayuda económica:

 

Pesos UN MIL ($ 1.000) mensuales, desde el 01-06-2021 al 31-12-2021, inclusive a;

 

PETERSEN Luca, responsable de cobro Eduardo PETERSEN, DNI Nº 17.370.348.-

 

 

Pesos TRES MIL SETECIENTOS ($ 3.700) mensuales, desde el 01-06-2021 al 31-12-2021, inclusive;

 

CHIAPPERO Melina, DNI Nº 42.398.678.-

 

 

ARTICULO 2º.- Establécese que a partir del 1º de Junio de 2021,  las ayudas económicas otorgadas por Decreto nº 454/2021 serán abonadas a los titulares del beneficio, detallados a continuación:

 

HERRERA Adolfo Irineo, DNI Nº 43.905.970;

HERRERA Talia, DNI Nº 41.556.953.-

 

 

ARTICULO 3º.- Para poder continuar con este beneficio los alumnos deberán presentar trimestralmente la renovación de sus Certificados como Alumnos Regulares en sus respectivas carreras.-

 

ARTICULO 4º.- Los montos acordados precedentemente deberán efectuarse con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación

 

ARTICULO 5º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 6º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-