Boletines/Vicente López

Decreto Nº2910/21

Decreto Nº 2910/21

Vicente López, 20/07/2021

Referencia:EXPTE - 4119-003013/2021

Visto

El informe producido por la Dirección General de Coordinación de la Secretaría de Salud obrante a fs. 3 del cual surge la urgente necesidad de intervenir el sector amarillo de guardia del Hospital B. A. Houssay, debido a una filtración de agua continua que provocó la caída del cielorraso de durlock y puso en evidencia la existencia de una viga de hormigón con carga propia sin apoyo aparente, y
 

Considerando

Que, la magnitud de la problemática descripta, obligó a desalojar inmediatamente el área afectada, por existir peligro de derrumbe cierto e inminente.

Que, a fs. 4 obra agregado el informe efectuado por la Dirección Ejecutiva del Hospital Houssay mediante el cual se describe el estado actual del sector amarillo, y expresa la urgente necesidad de intervención del mismo, habida cuenta la deficiencia estructural detectada, y el riesgo que ello implica.

Que, a fs. 5/19 lucen agregados los registros fotográficos acompañados por el Hospital Houssay, mediante los cuales se evidencia la necesidad de realización de las tareas descriptas en los pliegos respectivos.

Que, las reparaciones propiciadas por la Dirección Ejecutiva del Hospital Houssay resultan de vital importancia para lograr el fortalecimiento edilicio del espacio y posibilitar la reapertura del sector de guardia, contribuyendo a lograr mayores estándares de salubridad y generar un ámbito de trabajo confortable y eficiente que permita brindar una adecuada prestación del servicio de salud.

Que, resulta importante destacar que, la situación epidemiológica actual en relación a la enfermedad por coronavirus (COVID-19), viene mostrando una baja significativa en el número de casos positivos y de consultas relacionadas con sus síntomas.

Que, lo expuesto precedentemente implica una reducción en la circulación y permanencia de pacientes en el sector amarillo, razón por la cual resulta oportuno y conveniente realizar las tareas requeridas.

Que, a fs. 20/55 obra agregado el informe técnico efectuado por la Dirección General de Coordinación, mediante el cual se acompañan los pliegos que regirán la contratación y los presupuestos solicitados para la realización de las obras objeto del presente.

Que las ofertas adunadas reflejan los valores corrientes en plaza y se ajustan a las especificaciones técnicas requeridas en los pliegos acompañados.

Que de la compulsa efectuada por la Dirección General Administrativa, dependiente de la Secretaría de Salud, surge que la Empresa Mejores Hospitales S.A. ha presentado la oferta económica más conveniente.

Que, en virtud de lo expuesto, la Secretaría de Salud impulsa la presente contratación para la realización urgente de los trabajos descriptos por el área técnica, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 132 inciso e) de la Ley Orgánica de Municipalidades.

Que, a fs. 89/90 obra la Solicitud de Gastos N° 1-4926 por un valor de Pesos seis millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos setenta y tres con 37/100 ($ 6.146.673,37), emitida por la Dirección General de Contaduría, prestando así conformidad a la contratación en el marco de lo dispuesto por el art. 132 inc. e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades.
 

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias
                                                                                        DECRETA

Artículo 1º.- ADJUDICAR a la empresa MEJORES HOSPITALES S.A. CUIT N° 30-64735407-2 de conformidad con lo dispuesto por el art. 132 inc. e) de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la contratación de la obra “REPARACIONES URGENTES SECTOR AMARILLO GUARDIA HOSPITAL DR. BERNRDO HOUSSAY”, por un importe total de Pesos seis millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos setenta y tres con 37/100 ($ 6.146.673,37), en un todo de acuerdo al Pliego de Cláusulas Legales Especiales, Pliego de Especificaciones Técnicas Particulares, planilla y planos obrantes a fs. 59/88, por las razones de mención exordial.

Artículo 2º.- La suma de Pesos seis millones ciento cuarenta y seis mil seiscientos setenta y tres con 37/100 ( 6.146.673,37.-, se encuentra registrada en la Solicitud de Gastos Nro. 1-4926 obrante a fs. 89/90.

Artículo 3º.- La firma adjudicataria deberá presentar en la Secretaría de Salud, en concepto de cumplimiento de contrato, póliza de caución por el 5% (cinco por ciento) del importe total del mismo y en concepto de anticipo financiero por el 30 % (treinta por ciento) conforme lo dispuesto por el Artículo N° 9 del Pliego de Cláusulas Legales Especiales.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Sres. Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Por intermedio de la Secretaria de Salud se procederá a la realización del trámite para la confección de la correspondiente Orden de Compra.

Artículo 6º.- Tomar conocimiento la Secretaria de Hacienda y Finanzas (Dirección General de Contaduría, Dirección de Compras y Licitaciones y Tesorería) y Salud, quién notificará al interesado.

Artículo 7º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cúmplase, hágase saber y oportunamente ARCHIVAR.- 

Fdo: Macri-Scarsi-Alvarez