Boletines/General Pueyrredon
Decreto Nº 1419/21
General Pueyrredon, 23/08/2021
Visto
VISTO que la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación de la Municipalidad de General Pueyrredón, busca fomentar y fortalecer los emprendimientos y el trabajo local e impulsar a los sectores económicos dinámicos de la región, dentro del desarrollo local; y
Considerando
Que una Economía Social es aquella que contiene y permite mejorar la calidad vida de cada uno de aquellos que la integran.
Que es necesario promover, impulsar y sostener acciones que tiendan a la igualdad de oportunidades y derechos.
Que mediante la sanción de la Ordenanza 21.612 se crea el “Programa Municipal de Economía Social Solidaria”.
Que entre sus objetivos se enumeran
- la promoción de herramientas para la capacitación y formación de emprendedores y el acompañamiento técnico en la mejora de calidad y productos;
- el financiamiento de proyectos y experiencias fomento de la banca solidaria y el microcrédito, apoyo al desarrollo de la comercialización y compra de insumos colectiva;
- la creación de sistemas de certificación participativos, consumo responsable y el comercio justo y solidario
- la participación y organización social de productores y consumidores y la gestión asociada con el estado municipal.
Que para cumplir con sus objetivos fue menester la creación de un “Programa de Apoyo a Microeemprendedoras de la Economía Social” mediante Decreto 1541/09
Que el sistema de fortalecimiento ha sido efectivo, ya que ha permitido un desarrollo sostenido a través de las generaciones de pequeños emprendimientos.
Que los mismos deben convertirse en una punta de lanza para una política orientada a luchar contra la pobreza, en la búsqueda necesaria de mejorar la situación socioeconómica de sus actores.
Que este instrumento debe dirigirse hacia los colectivos más vulnerables, como es el caso de las mujeres que se encuentran fuera del sistema y sin posibilidades de organizarse.
Que históricamente el rol de la mujer es fundamental en la subsistencia de las familias, desde lo organizativo hasta ser el nexo en la comunidad familiar.
Que por ello se visualiza la ayuda económica como un instrumento social, destinado a insertarse para actuar mitigando el elevado índice de desempleo existente.
Que en nuestro Partido y de acuerdo a los registros oficiales, los emprendedores que participan en ferias y mercados están representados en un 80% por mujeres.
Que son ellas, las que asumieron un rol protagónico en la Economía Social y Solidaria.
Que la población objetivo de esta política sea la mujer es doblemente beneficioso, ya que no solo impulsaría objetivos estrictamente económicos sino también apuntaría al desarrollo de habilidades emprendedoras, para que puedan concretar sus proyectos, alcanzando una mayor independencia, confianza y autonomía.
Que en esta instancia se considera necesaria la creación de un Programa que proponga distintas líneas de intervención considerando como principales ejes, la capacitación, el acompañamiento, la promoción y la comercialización.
Por ello, en uso de las atribuciones que le son propias.
EL INTENDENTE MUNICIPAL
D E C R E T A
ARTICULO 1º.- Créase el Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN”, como Programa de Economía Social.
ARTÍCULO 2º.-. El Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” tiene los siguientes objetivos específicos:
a) Generar espacios, herramientas y acciones concretas para el surgimiento, fomento, desarrollo y consolidación de productoras de micro emprendimientos.
b) Poner en valor el trabajo manual, identificar y fomentar oportunidades de autoempleo y consolidarlo como sustento de vida.
c) Dar un marco general de reglamentación y funcionamiento, tendiente a formalizar la actividad desarrollada por las destinatarias del presente programa.
ARTICULO 3º.- El Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” está destinado a emprendedoras de la Economía Social, cuyas iniciativas productivas se encuentran en marcha o en condiciones de impulso inicial y se trate de proyectos o actividades de tipo productivas (agregado de valor) y/o de prestación de servicios. No se financian proyectos comerciales de reventa.
Tendrán prioridad aquellos emprendimientos que -cumpliendo los requisitos del artículo precedente -, sean presentados por:
a) Víctimas de violencia de género.
b) Mujeres jefas de familia con hijos menores a cargo.
c) Mujeres con discapacidad.
d) Mujeres transgénero.
ARTICULO 4°: Para acceder a las prestaciones previstas por el presente Programa deberán reunir las siguientes condiciones específicas:
a) Ser mayores de DIECIOCHO (18) años
b) Contar con Documento Nacional de Identidad (D.N.I.)
c) Tener Código Único de Identificación Laboral (C.U.I.L.) o Clave Única de Identificación Tributaria (C.U.I.T.).
d) Acreditar residencia en el Partido de General Pueyrredón por un período no menor a cinco (5) años.
e) Tratarse de trabajadoras desocupadas.
No podrán acceder al presente programa familiares directos de hasta segundo grado de consanguinidad, ascendente o descendente, ni esposos o convivientes de agentes municipales.
ARTICULO 5º.- Los emprendimientos productivos asistidos por el Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” podrán ser:
a) Individuales: cuando estén integrados por un solo participante;
b) Asociativos: cuando estén integrados por DOS (2) o más emprendedoras.
ARTICULO 6°. - El Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” brindará asistencia técnica a las participantes con el objetivo de reforzar sus competencias y capacidades como emprendedoras y fortalecer la sustentabilidad económica, el ordenamiento formal, el proceso productivo y la inserción en el mercado de sus emprendimientos.
ARTÍCULO 7°. - La asistencia técnica del Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” comprenderá las siguientes prestaciones:
a) Generar, organizar y fomentar la realización de capacitaciones, talleres, charlas, actividades, etc. orientadas al público objetivo, que aborden los temas de interés y que son necesarias para alcanzar los objetivos propuestos;
b) Apoyo para la formulación de un proyecto de emprendimiento productivo; incluyendo la elaboración del respectivo plan de negocios.
c) Acompañamiento en la implementación de un emprendimiento productivo;
d) Apoyo en la comercialización de productos o servicios;
ARTICULO 8°.- La asistencia económica del Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” comprenderá el otorgamiento de un aporte no reembolsable (ANR), por un monto de hasta CINCUENTA MIL PESOS ($ 50.000,00), por participante y por única vez, para la formación del capital inicial necesario para la puesta en marcha o fortalecimiento del emprendimiento productivo. Este monto podrá aumentarse según el tipo de proyecto de que se trate y por resolución fundada de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación
ARTICULO 9 °. - En el caso de emprendimientos asociativos, se efectivizará a través de pagos individuales y de igual monto para cada participante.
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ARTICULO 10°. - El aporte no reembolsable será abonado en forma directa a los participantes a través de la acreditación en una cuenta bancaria a nombre de él o los beneficiarios.
ARTICULO 11°. - El aporte no reembolsable asignado para la formación del capital inicial o el fortalecimiento del emprendimiento productivo sólo podrá afectarse a los siguientes rubros:
a) Herramientas y maquinarias
b) Insumos
c) Acondicionamiento del local de trabajo
d) Habilitaciones
e) Instalaciones de electricidad o gas
f) Elementos de seguridad del trabajo
ARTICULO 12°. – El aporte no reembolsable deberá rendirse de acuerdo a los requisitos, documentación y forma, previstas en el Decreto 652/82.
ARTICULO 13º.- En el caso de constatarse el desvío de fondos asignados en concepto de aporte no reembolsable, la participante no podrá ingresar a otro programa ni beneficio otorgado por la Municipalidad de General Pueyrredón, hasta tanto reintegre las sumas dinerarias percibidas o utilizadas en forma irregular. La presente restricción es independiente de otras sanciones o acciones judiciales que puedan promoverse y de los plazos correspondientes de prescripción.
ARTICULO 14°. - Las interesadas deberán presentarse con su D.N.I. y constancia de C.U.I.L. o C.U.I.T. ante la Dirección de Empleo, Economía Social y Formación para el Trabajo dependiente de la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, debiendo inscribirse al Registro de Actores de la Economía Social y Solidaria.
ARTICULO 15°. - La Autoridad de Aplicación deberá analizar la idea- proyecto elaborada por las participantes y, de evaluarlo procedente, confeccionar conjuntamente con las participantes el plan de negocios para la puesta en marcha del emprendimiento productivo a través del Formulario de Presentación de Proyecto habilitado por el presente Programa.
ARTICULO 16°. - Las participantes interesadas en la ejecución del emprendimiento productivo deberán presentar ante la Autoridad de Aplicación la siguiente documentación en duplicado:
a) Formulario de Presentación de Proyecto.
b) Copia de D.N.I. autenticada y constancia de C.U.I.L. o C.U.I.T. de la/s participante/s y de la/s emprendedor/as asociadas, cuando corresponda.
c) Solicitud de inscripción en la categoría de los participantes social, cuando corresponda.
d) Constancia de Clave Bancaria Uniforme (C.B.U).
e) Formulario de Declaración Jurada que demuestre su vulnerabilidad laboral y socio económico.
f) Para el caso de proyectos dedicados a la preparación, manipulación y/o venta de alimentos, deberán contar con los requisitos exigidos por el Código Alimentario Argentino.
ARTICULO 17°. – La Autoridad de Aplicación será la responsable de evaluar la viabilidad técnica del proyecto, en función de los siguientes aspectos:
a) Productivo: se considerará la pertinencia del emprendimiento según los perfiles productivos de la región y la contribución al desarrollo económico local
b) Económico: se ponderará la rentabilidad y sustentabilidad del proyecto en lo referido a la capacidad de generar ingresos aceptables para los emprendedores
c) Técnico: se evaluará la relación de la propuesta productiva y de comercialización y las competencias laborales de las emprendedoras
d) Normativo: se valorará la capacidad de las emprendedoras de cumplir con las normativas regulatorias de la actividad económica en la que se encuadra del emprendimiento productivo.
Los proyectos que resulten rechazados durante el procedimiento de evaluación, serán devueltos a las participantes, acompañados por un informe que indique las debilidades observadas. Dicha decisión no genera derecho por parte del solicitante.
La Autoridad de Aplicación informará a las participantes de los proyectos aprobados. Los mismos deberán completar un Acta de Notificación de la aprobación de su proyecto y recibirán un Cuadernillo de Asistencia Técnica donde constarán un detalle de los derechos y obligaciones contraídos por el participante.
ARTICULO 18°. - Las participantes deberán, sin perjuicio de las restantes obligaciones incluidas en el presente Decreto:
a) Cumplir con las obligaciones establecidas por el presente
b) Afectar los fondos recibidos a los rubros comprometidos en el proyecto de emprendimiento productivo aprobado
c) Comunicar a la Autoridad de Aplicación cualquier novedad vinculada con la continuidad del emprendimiento productivo
d) Cumplir con la normativa regulatoria de la actividad de su emprendimiento productivo
e) Poner a disposición de la Autoridad de Aplicación toda documentación que le sea requerida en las visitas de supervisión, vinculada a su participación en el presente Programa
f) Efectuar la rendición documentada de la inversión de los fondos de acuerdo a lo establecido en el artículo 9° del Decreto 652/82 que establece que la misma deberá formalizarse mediante:
1) Nota dirigida al Señor Intendente Municipal
2) Presentarse dentro de los noventa (90) días de la fecha en que se efectivizo la entrega, excepto en aquellos casos en que se superponga con el cierre del ejercicio en las cuales deberá presentarse antes del día 15 de febrero del año subsiguiente o el Decreto de otorgamiento disponga u plazo diferente.
3) Los comprobantes que se adjunten deberán ser avalados por la firma del responsable en caso de entidades del sector privado o particular beneficiario según corresponda.
4) Copia del Decreto de otorgamiento del beneficio.
ARTÍCULO 19°. - Designase como Autoridad de Aplicación del presente Programa de Fortalecimiento “MUJERES EMPRENDEN” a la Secretaría de Desarrollo Productivo e Innovación, pudiendo asimismo actualizar los montos máximos correspondientes a las prestaciones dinerarias del Programa.
ARTICULO 20º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto, deberá imputarse a la siguiente partida presupuestaria: Fin/Fun: 4-7-0 Jurisdicción: 110127000, Programático: 36.00.00, Partida Presupuestaria: 5.1.4.0, Fuente de Financiamiento: 110, Importe Total: $ 4.000.000,00.
ARTICULO 21º.- El presente Decreto será refrendado por el señor secretario de Desarrollo Productivo e Innovación y el señor secretario de Economía y Hacienda.
ARTICULO 22º.- Regístrese, dese al Boletín Municipal, publíquese, comuníquese y cumplido intervenga la Contaduría General.
MURO BLANCO MONTENEGRO
REGISTRADO BAJO Nº1419
ANEXO I – FORMULARIO DE PRESENTACION DE PROYECTO
1.- DATOS PERSONALES
Dirección de correo electrónico
Apellido y nombres
CUIL
FECHA DE NACIMIENTO
GÉNERO AUTOPERCIBIDO
Calle
Número
Barrio
Localidad
¿Desde qué fecha vive en esta localidad?
Teléfono con código de área
Actividad principal
Otra Red Social
Nivel Educativo máximo alcanzado
¿Trabaja en relación de Dependencia?
¿Se encuentra inscripto en RENATEP?
¿Cuántas personas viven en su hogar?
De esas personas que viven en su hogar, ¿Cuántas son menores de 18 años?
¿Cuántas de las personas que viven en su hogar perciben un ingreso por su trabajo? (Sin incluir pensiones, jubilaciones, asignaciones, etc.):
¿Cuántas de las personas que viven en su hogar están formalizadas/os por ese trabajo (trabajo registrado o paga monotributo)?
¿Cuántas de las personas que viven en su hogar trabajan de manera informal? (Relación de dependencia sin registrar, incluye trabajo asalariado e independiente):
¿Pertenece a alguno de estos grupos?
Víctimas de violencia de género.
Mujeres jefas de familia con hijos menores a cargo.
Mujeres con discapacidad.
Mujeres transgénero.
Marque con una X si se identifica con alguno de ellos
En caso de pertenecer al grupo ""mujeres con discapacidad"" identifique el número del CUD (Certificado Único de Discapacidad)"
¿Pertenece a alguno de estos grupos?
Agentes o funcionarias del Estado
Familiar de agentes o funcionarias del Estado
Dependientes de agentes o funcionarias del Estado
Se encuentra percibiendo un crédito y/o subsidio
Marque con una X si se identifica con alguno de ellos"
¿Ha participado en el periodo 2020 -2021 en el algún programa municipal, provincial o nacional?
Si ha participado en el periodo 2020 -2021 en el algún programa municipal, provincial o nacional, identifique cuál/es
2.- DATOS DEL EMPRENDIMIENTO
¿Tiene en marcha un emprendimiento actualmente?
Calle
Número
Barrio
Localidad
Teléfono con código de área
Correo electrónico
¿Desde cuándo está en funcionamiento el emprendimiento?
¿La actividad se encuentra formalizada?
¿Posee Ud. además otro trabajo?
¿Qué tipo de trabajo es?
Indique su experiencia laboral VINCULADA a la temática de su proyecto, indicando si fue por cuenta propia o relación de dependencia, en qué período y si se desempañaba formal o informalmente.
Indique su experiencia laboral NO VINCULADA a la temática de su proyecto, indicando si fue por cuenta propia o relación de dependencia, en qué período y si se desempañaba formal o informalmente.
¿Qué productos o servicios ofrece o va a ofrecer?
¿A quién o quiénes vende o piensa vender su producto u ofrecer su servicio?
¿Cómo lo van a promocionar en el mercado?
¿Quiénes son o serían sus competidores? ¿Cómo los identificó?
Su proyecto o su actual emprendimiento: ¿Es asociativo?
¿Dónde va a desarrollar o desarrolla su actividad? Marque lo que corresponda
¿Cómo son las condiciones de su espacio de trabajo? Marque lo que corresponda
¿Conoce los requerimientos locales vigentes para la habilitación del emprendimiento?
¿Cuenta con aporte de equipamientos, maquinarias e insumos para iniciar/desarrollar el proyecto?
En el caso de contar con equipamientos, maquinarias e insumos para iniciar/desarrollar el proyecto, detalle a continuación
¿Se encuentra inscripto en RENATEP? Recuerde que puede hacerlo en http://renatep.mds.gob.ar/inscripcion
¿Es usted titular de una cuenta bancaria?
Adjunte comprobante de CBU que emite su banco
Socio 1: Apellido y nombres
Socio 2: Apellido y nombres
Socio 3: Apellido y nombres
Aceptación
Fecha del día de la presentación
3.- PRESENTACION
¿Que emprendimiento posee o desea iniciar?
"Indicar si es ""IDEA"" O ""EN MARCHA"""
¿Cuanto dinero estima que necesita?
¿Para que necesita el dinero?
¿Trabaja o trabajará alguien mas en el emprendimiento?
4.- DESARROLLO DEL PROYECTO
Descripción del emprendimiento
¿Por qué decidió emprender esta actividad?
¿Qué productos o servicios ofrecerá? Detallar
Descripción del proceso productivo u organización del servicio
¿Qué materias primas se necesitan para producir o brindar el servicio? Detallar
¿Qué herramientas y maquinarias se necesitan para producir o brindar el servicio? Detallar
¿Quiénes serán sus proveedores? Detallar nombres y localización
Detalle brevemente cómo se realiza el proceso productivo (en pocas palabras, relate cómo se elabora el producto o se brinda el servicio).
5.- COMERCIALIZACIÓN
Mercado: Características de la demanda y la oferta
¿Quiénes son sus actuales o potenciales clientes? (particulares, comercios o industrias, organismos públicos)
¿Dónde se localizan sus clientes? Describir el radio de influencia del emprendimiento
¿Existen competidores para el emprendimiento? informe si tal actividad de halla desarrollada por alguna empresa en la misma zona.
¿Cuáles serían sus ventajas en comparación a sus competidores?
Otras consideraciones
Estrategias de comercialización
¿Cómo piensa dar a conocer su producto o servicio?
¿Cómo y dónde planea vender su producto o servicio? (En un local de producción, reparto, en ferias)