Boletines/Pellegrini
Resolución Nº 0993/17
Pellegrini, 17/11/2017
Visto
Lo actuado en el expte. 4086-1049/2017 caratulado: “VELOZ, Juan de Dios s/ Abandono de cargo; y,
Considerando
Que mediante Decreto 1.682/2017 se dispuso la cesantía del agente Juan de Dios Veloz, a partir del 07 de noviembre de 2017, por la causal de abandono de servicio;
Que el Sr. Veloz impugnó el Decreto N° 1682/2017,.negando la causal, manifestando que las sanciones anteriores habían sido judicializadas y que tenían como única finalidad dejarlo cesante, motivo por el cual solicita se revea su cesantía;
Que, el art. 118 de la Ordenanza General 267 de Procedimiento Administrativo, establece que se pude pedir la revisión cuando: a) se hubiera incurrido en manifiesto error de hecho que resultare de las propias constancias del expediente administrativo. b) Se hubiera dictado el acto administrativo como consecuencia de prevaricato, cohecho, violencia o cualquiera otra maquinación fraudulenta, o graves irregularidades comprobadas administrativamente. c) La parte interesada afectada por dicho acto, hallare o recobrare documentos decisivos ignorados, extraviados o detenidos por fuerza mayor o por obra de un tercero;
Que de la presentación del Sr. Veloz a fs. 30 no surge como exige la norma la evidente sin razón o injusticia de lo decidido, ni cumple con alguno de los requisitos para su procedencia, como por ejemplo no acompaña la prueba del vicio o inoponibilidad del acto ni identifica en su reclamo alguna de las causales enunciadas en el art. 118 precedente citado y menos aún comprobados administrativamente;
EL INTENDENTE MUNICIPAL
R E S U E L V E
ARTICULO 1°: Desestímese el recurso de Revisión interpuesto por el agente Juan de Dios Veloz, DNI 23.291.421, Leg. 629, contra el Decreto 1682/2017 por el cual se dispuso su cesantía, en razón de los considerandos que anteceden.
ARTICULO 2°: Comuníquese al interesado, a las oficinas municipales correspondientes, se deje constancia en el legajo, publíquese en el Boletín Oficial y cumplido.