Boletines/Las Flores

Ordenanza Nº3316/2021

Ordenanza Nº 3316/2021

Las Flores, 28/06/2021

ORDENANZA

ORDENANZA 3316/2021

Visto:

El expte FTxLF 104, adhesión ley fortalecimiento sistema nacional bomberos voluntarios y;

Considerando:

Que, a través de esta Ley, se busca fortalecer el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios de la República Argentina, instituido por Ley 25.054.

Que, nuestro país cuenta con más de 1000 cuarteles y destacamentos operativos gestionados por las Asociaciones de Bomberos Voluntarios, cuya misión es la prevención y extinción de incendios y la intervención operativa para la protección de vidas o bienes que resulten agredidos por siniestros de origen natural, accidental o intencional.

Que, esta norma pretende ser un importante aporte para que estén mejor preparados, cuenten con los elementos y equipamientos operativos necesarios para la realización de sus fines, profundicen sus conocimientos y capacitaciones y que tengan el respaldo necesario ante cualquier eventualidad.

Que, los cuarteles y destacamentos operativos deben estar las 24 hs. abiertos y preparados para actuar ante distintas emergencias y situaciones: el uso de la sirena mecánica, equipos de comunicación con funciones permanentes, iluminación de galpones e instalaciones, uso de telefonía, entre otros, constituyen los consumos energéticos y de servicios primordiales de los cuarteles, los que implican costos operativos altos, a los que hacen frente con sus propios recursos. Es por ello que a través de esta Ley, se crea un régimen tarifario especial de servicios públicos para las entidades que conforman sistema de bomberos voluntarios. 

Que, el objetivo del régimen creado por la presente ley es aliviar el gasto que las entidades erogan en el pago de servicios públicos, cuya incidencia en su presupuesto se ha incrementado de manera alarmante durante los últimos años.

Que, por otra parte, exime a las entidades mencionadas del pago de contribuciones patronales con destino a la seguridad social, promoviendo la contratación formal de bomberos, bomberas y demás trabajadores para que puedan cumplir con sus fines. Los cuarteles contratan bajo relación de dependencia a trabajadores y trabajadoras que cumplen funciones administrativas y operativas, como es el caso de los “cuarteleros”, que son los integrantes de los cuerpos que cumplen guardias para brindar un servicio de emergencia las 24 hs.

Que, el capítulo III está dedicado a ampliar los derechos de los integrantes del SNBV ante contingencias y riesgos derivados del cumplimiento de sus funciones.

Que, en el siguiente Capítulo trata la reducción a 0% de la alícuota del Impuesto al Valor agregado para las compras realizadas por las entidades que componen el SNBV. Con el fin de que dichas entidades estén debidamente preparadas para prestar su servicio, la ley establece tanto un subsidio brindado a través de la contribución obligatoria del 5‰ sobre las primas de seguros (excepto los de vida) a cargo de las aseguradoras, así como también determinados beneficios fiscales.

Por ello

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LAS FLORES ARUEBA EL SIGUIENTE PROYECTO DE

ORDENANZA

Art. 1º: Adherir en todos sus términos a laley 27.629 acerca del Fortalecimiento del sistema nacional de bomberos voluntarios de la República Argentina, promulgada por el presidente de la Nación a través del decreto 386/2021, la cual establece un Régimen Tarifario Especial para Entidades del Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios.

Art. 2º: Enviar copia de la presente disposición a la Asociación de Bomberos Voluntarios de nuestra ciudad, las oficinas locales de Camuzzi Gas Pampeana y de la Cooperativa de Electricidad, obras y servicios públicos.

Art. 3°:Comuníquese al DE y dese al Registro Oficial del HCD

DADO EN LA SALA DE SESIONES DEL HCD DE LA CIUDAD DE LAS FLORES A LOSVEINTICUATRODÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL VEINTIUNO.

 

Ariana Pertusi

Secretaria

Prof. Fabian Blanstein

Presidente

 

 

/// Corresponde Ordenanza Nº 3316/2021.-


PROMULGADA POR DECRETO Nº 1537 DEL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DE FECHA 28 DE JUNIO DE 2021.-

 

 

     Abg. JAVIER E. DI GIANO                                                                                                     Ing. ALBERTO C. GELENÉ          

                      Secretario de Gobierno                                                                                                           Intendente Municipal 

 

PUBLICADA: 19 DE AGOSTO DE 2021