Boletines/Nueve de Julio
Decreto Nº 1399/21
Nueve de Julio, 19/08/2021
ORDENANZA Nº 5634 : CREANDO EL PREMIO MARIEL NEIRA - REGLAMENTACION.
Visto
La Ordenanza Nº 5634.
Considerando
Que el artículo 26 de la Ordenanza Nº 5634 autoriza al Departamento Ejecutivo a reglamentar las Bases y Condiciones para el concurso y la selección del proyecto ganador.
Que resulta necesario determinar una reglamentación que establezca una serie de pautas para el funcionamiento, debiéndose dictar el acto administrativo correspondiente.
Por ello, el Intendente Municipal de 9 de Julio, en uso de sus atribuciones, DECRETA:
ARTICULO 1º: Reglaméntese la Ordenanza Nº 5634, conforme el presente Decreto.
ARTICULO 2º: Objetivos del Concurso : El objetivo del Concurso es detectar, destacar y acompañar a emprendedores que presenten ideas o proyectos que contribuyan a generar soluciones innovadoras para los desafíos que ellos vean en nuestra ciudad. Reconocer a aquellos proyectos de emprendedores que sea innovadores, con proyección de crecimiento y se centren en el empuje y voluntad de quien lo dirija, teniendo como eje el triple impacto económico, social y ambiental; considerando : diseño, producción, funcionalidad, sustentabilidad economía circular.
ARTICULO 3º: Requisitos para participar del Concurso:
Participantes:
a) Pueden participar del concurso aquellas personas que hayan cumplimentado la capacitación “Emprender en tiempos de Pandemia”.
b)Pueden participar del concurso personas físicas mayores de 18 años o personas jurídicas, que presenten una idea o un proyecto de producción propia que cumpla con los demás requisitos establecidos en estas Bases y Condiciones.
c) No podrán participar en el Premio aquellos empleados del Municipio, cualquiera sea la tarea o posición que tenga en alguna de las partes. Tampoco podrán hacerlo, quienes integren el Comité Evaluador y/o Jurado.
d) Los participantes deberán estar domiciliados y sus proyectos deberán ejecutarse dentro del Partido de 9 de Julio.
e) Se valorará la composición interdisciplinaria de los equipos, formados por estudiantes, profesionales y/o empresarios de distintas carreras y especialidades, que permita una visión integral del negocio, aportando cada uno sus capacidades y conocimientos específicos.
Proyectos
Se recibirán ideas fundamentadas con un plan de negocio. Todos los proyectos que sean presentados deberán atender, sin excepción, temáticas tendientes a:
a) Contribuir al desarrollo sustentable.
b) Relacionarse con procesos de innovación en los distintos eslabones de la cadena.
c) Presentar soluciones a problemáticas que tengan que ver con lo social, ambiental y económico.
d) Promover temas vinculados a la sustentabilidad y economía circular.
e) Ser originales y diferenciarse de otras tecnologías o propuestas ya existentes en el mercado.
ARTICULO 4º: Vigencia del Concurso: El concurso tendrá vigencia entre el 1° de Octubre y el 30 de Noviembre de cada año calendario.
ARTICULO 5º: Mecanismo para participar y procedimiento de selección de los proyectos:
a) Las personas que deseen participar deberán presentar el Formulario de Inscripción con la documentación requerida y el Proyecto completo, que se encontrara disponible en la Sede de la UP.
b) El plazo de presentación de proyectos comenzará el 15 de Noviembre y finalizará el 30 de noviembre de cada año calendario.
c) La Coordinación del Concurso analizará las propuestas recibidas.
d) El equipo Técnico de “Aprendiendo a Emprender” conjuntamente a las personas designadas por Universidad Popular para este fin, constituirán un Comité Evaluador que seleccionará durante el mes diciembre de cada año calendario, a los finalistas, quienes participarán por los premios y menciones.
e) La Universidad Popular convocará vía e-mail a los finalistas al evento de premiación en el cual se darán a conocer los ganadores y las menciones.
f) El Jurado estará integrado por un máximo de 5 personas: 3 representantes de la Municipalidad, 1 ó 2 invitados relacionados al sector de emprendedurismo, 1 invitado referente del emprendedurismo de triple impacto, quienes serán los encargados de elegir los proyectos ganadores.
g) Las decisiones que tome el Jurado serán inapelables.
Criterios de elegibilidad de proyectos:
Se dará prioridad de elegibilidad en función de los siguientes Criterios:
1) INNOVACIÓN: grado de novedad que aporta el proyecto para impactar positivamente en alguno de los eslabones de la cadena de valor, tanto en los productos, servicios y uso de maquinarias o tecnologías.
2) TRIPLE IMPACTO: proyecto que promueva una vertiente social, solidaria y colaborativa destinado a sectores vulnerables.
3) SOLUCIÓN-INCLUSION: Medida en la que los proyectos presentan soluciones a problemáticas concretas de nuestra ciudad, o que desarrollen productos para mejorar las condiciones de asistencia a personas con discapacidad o que las incluyan en el ámbito del desarrollo del proyecto
4) SUSTENTABILIDAD: Grado en que la propuesta contempla soluciones sustentables en el uso de recursos naturales en la fabricación, reducción de ciclos, eliminación de desperdicios, etc.
5) ESCALABILIDAD: Capacidad de crecimiento con mirada regional.
ARTICULO 6º: Premios: El Jurado seleccionará 1 (un) ganador y 2 (dos) menciones. Para el GANADOR: La Dirección de Educación beneficiará con herramientas, maquinarias y/o insumos por el valor de un mínimo de 2 (dos) sueldos básicos de la 1º Categoría del empleado Municipal y un máximo de 10 (diez) sueldos básicos de la 1ºcategoría del empleado municipal, al proyecto que resulte elegido en primer lugar. En ningún caso la persona física o jurídica que resulte ganadora del concurso podrá cambiar por un proyecto distinto del que hubiere resultado elegido por el Jurado. La Municipalidad de 9 de Julio se reserva el derecho de solicitar un informe de seguimiento del Proyecto.
ARTICULO 7º: Autorización para publicar y difundir proyectos: La inscripción al concurso importará el conocimiento y aceptación de las bases y condiciones, los participantes otorgan al Organizador y al Ejecutor del Concurso la posibilidad de acceder a la utilización del nombre, imagen y memoria descriptiva de sus proyectos presentados con el fin de difundir y promocionar el Concurso en los medios que estos consideren convenientes y adecuados. Tal utilización no otorga a los participantes derechos a percibir retribución alguna, más allá de la participación.
ARTICULO 8º: Autoría y Derechos: La presentación de proyectos de los participantes implicará la declaración de su autoría, autenticidad y originalidad. En consecuencia, los participantes manifiestan que dichos proyectos no violan los derechos de autor, licencias o cualquier otro derecho de terceros. Asimismo, los participantes garantizan que cuentan con la totalidad de las autorizaciones que puedan resultar necesarias para la presentación del proyecto en el Concurso. Por todo lo expuesto, eximen y se comprometen a mantener indemne al Organizador y/o Ejecutor de cualquier responsabilidad derivada de la autoría o explotación comercial de los proyectos, sus servicios o productos.
ARTICULO 9º: Comunicaciones: Todas las comunicaciones originadas en la organización del concurso se realizarán a través de la página oficial de la Municipalidad de 9 de Julio, las redes sociales oficiales Facebook, Instagram y LinkedIN como "Aprendiendo a Emprender” y/o los medios que la Municipalidad estime convenientes.
ARTICULO 10º: Responsabilidades: El sólo hecho de participar en este concurso significa que el participante conoce y acepta en su totalidad las presentes bases y condiciones. Cualquier instancia no prevista por las presentes bases y condiciones será resuelta por el Organizador y los participantes acatarán éstas decisiones en forma inapelable. El Organizador se reserva el derecho de modificar los plazos de las distintas etapas del certamen así como también cualquier aspecto que a su criterio implique mejoras organizativas en el concurso y sus procedimientos.
ARTICULO 11º: Refrenda el presente Decreto la Señora Secretaria de Cultura, Educación y Deporte.
ARTICULO 12º: Comuníquese a quienes corresponda y regístrese.