Boletines/Adolfo Alsina

Decreto Nº1255/21

Decreto Nº 1255/21

Adolfo Alsina, 14/06/2021

Visto

El Expediente Nº: 4001-0950/21, mediante el cual la Comisión Directiva del CLUB DE LEONES de la ciudad de Carhué, solicita autorización para poner en circulación una rifa anual para el año 2021; y

Considerando

Que la misma reúne las condiciones, cumplimentando los requisitos exigidos por la Ordenanza Nº: 4352/18;

El Intendente Municipal del partido de Adolfo Alsina en uso de las atribuciones que le son propias; D E C R E T A:

Art. 1º - Autorízase a la Comisión Directiva del CLUB DE LEONES de la ciudad de Carhué, a poner en circulación una rifa denominada TELEBONO, que constará de   Un Mil Trescientas (1.300) boletas de un (1) número de seis (6) cifras cada una, al valor unitario de PESOS UN MIL ($1.000.-), a sortearse ante Escribano Público en la sede de la institución, el día 19 de diciembre de 2021, con los siguientes premios, a saber:

 1º Premio: $160.000.-

 2º Premio: $55.000.-

 3º Premio: $30.000.-

 4º  al 10º Premio: $7.000 cada uno.-

Todos los Premios serán en órdenes de compras.-

Art. 2º - La entidad organizadora deberá publicar en diario y/o periódico de la localidad, y/o radiofonía, y/o televisión, en forma veraz y suficiente, la rifa organizada y

autorizada, en particular fecha del sorteo y Lotería por la que se juega; premios a entregar; lugar y fecha de entrega de los mismos.-

Art. 3º - El incumplimiento por parte de la institución organizadora a cualquiera de las normas establecidas en la Ordenanza Nº: 4352/18, dará lugar a la aplicación de sanciones que consistirán en multas de entre 20 a 100 litros de combustible (gas oil) y en inhabilitación de dos (2) a diez (10) años para emitir rifas.-

Art. 4º - La Entidad solicitante deberá manifestar el destino que dará a los fondos que se recauden, y dentro de los treinta (30) días de realizado el sorteo, deberá informar por

escrito sobre la utilización de los fondos y el plazo previsto.-

Art. 5º - La autorización que se concede queda sujeta a las disposiciones de la Ordenanza Nº: 4352/18.-

Art. 6º - Comuníquese con copia a la institución interesada, Comisaría local, publíquese, tomen razón las Oficinas respectivas y dése al Libro de Decretos.-

Fdo: “Lic. Martín M. Gavio – Secretario de Gobierno Municipalidad de Adolfo Alsina, Lic. Javier Andres – Intendente Municipalidad de Adolfo Alsina”