Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº492/2021

Decreto Nº 492/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 27/04/2021

Visto

El Expediente 4055-204-2020, Cuerpo III, Ref. Ampliación Red Cloacal, Pozo de Bombeo y Cámara de Vuelco; y

Considerando

Que con fecha 26 del corriente mes de Abril se celebró Contrato de Locación de Obra con la Empresa “CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A.”, por un monto de Pesos Veinticuatro Millones Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Setenta y Siete con 71/100 ($ 24.055.977,71);

Que es necesario dictar el respectivo acto administrativo;

Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

ARTICULO 1°.- Apruébase el Contrato de Locación de Obra, celebrado con la Empresa “CHOIX S.A.C.I.F.I.C.A.”, para la ejecución de la obra “Ampliación de Red Cloacal, Pozo de Bombeo y Cámara de Vuelco”, tomando a su cargo la prestación y provisión de materiales, mano de obra, equipos, herramientas y todo otro elemento necesario para su correcta y total ejecución.- El plazo para la ejecución total de la obra se establece en ciento ochenta (180) días corridos, contados a partir de la fecha de suscripción del Acta de Inicio.-

 

ARTICULO 2°.- La obra se contrata por sistema de ajuste alzado con precio fijo, estableciéndose como retribución la suma total de Pesos Veinticuatro Millones Cincuenta y Cinco Mil Novecientos Setenta y Siete con 71/100 ($ 24.055.977,71) siendo este precio único fijo, total y definitivo, no sujeto a actualización monetaria alguna, ni incremento por aplicación de intereses, ni al reconocimiento de variación de costos por circunstancia alguna.- La forma de pago será mediante certificaciones realizadas el último día hábil del mes de ejecución, las que serán emitidas por el Inspector de Obra en concordancia al avance de la misma.- Los desembolsos de los Certificados serán dentro de los diez (10) días corridos desde que el Ministerio de Obras Públicas de Nación a través del Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento E.N.H.O.S.A. realice la transferencia de fondos a este Municipio.-

 

ARTICULO 3°.- El pago de la retribución establecida en el artículo 2°, se hará con cargo a la siguiente partida:

Jurisdicción 1110111000  Subsecretaría de Obras Públicas

Programa 26.80.00: Fondo para Infraestructura Municipal

Fuente de financiamiento 132: De Origen Provincial

3.0.0.0 Servicios no personales

3.9.0.0 Otros Servicios

3.9.9.0 Otros

 

ARTICULO 4°.- Tomen razón Secretaria de Obras y Servicios Públicos y Contaduría.-

 

ARTICULO 5°.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-