Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº477/2021

Decreto Nº 477/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 23/04/2021

Visto

El Expediente 4055-38-2021, mediante el cual se lleva adelante el “Proyecto Interdisciplinario de Acompañantes Terapéuticos”; y

 

Considerando

             Que en tiempos de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO), producto de la Pandemia provocada por el Covid-19, es necesario cambios de paradigmas en la educación;

            Que se debe contemplar la situación de personas con discapacidad promoviendo un abordaje integral que incluya a las familias como primer eslabón de una cadena que debe continuar hacia todos los ámbitos de sociabilización del ser humano;

            Que los Acompañantes Terapéuticos facilitan y posibilitan la integración en el marco familiar, educativo y social, favoreciendo la independencia en las actividades de la vida diaria y abordan aspectos relacionados a las actividades sociales-recreativas;

            Que a través del vínculo creado por el Acompañante Terapéutico con el niño, adolescente, adulto y el núcleo familiar, se busca instrumentar caminos para que estas familias cuenten con un Profesional que oficie de sostén, escucha y/ó nexo para poder seguir garantizando vínculos educativos con las escuelas, cuidados desde la salud ú otra necesidad que se considere necesaria;

              Que las áreas involucradas son: Dirección de Cultura y Educación, Discapacidad, Salud, Desarrollo Social y Educación;

               Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas;

               Que existen recursos provenientes del Fondo de Financiamiento Educativo – Ley 26075;

               Que a fojas 157/159, se encuentra informe de Contaduría Municipal;

                Por ello;

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

ARTICULO 1º.- Modifíquese el monto de la ayuda económica otorgada por Artículo 1º del Decreto nº 76/2021, a la Acompañante Terapéutico Sra. María de los Ángeles Padín, DNI Nº 26.242.404, la cual será de Pesos Veintiséis Mil   ($ 26.000), a partir del 1º de Abril de 2021.-

 

ARTICULO 2º.- Déjase sin efecto, a partir del 1º de Abril de 2021, la ayuda económica otorgada por el Artículo 1º del Decreto nº 76/2021, a la Acompañante Terapéutico Sra. Maia Retamoso, DNI Nº 36.488.899.-

 

ARTICULO 3º.- Otorgase a la persona que a continuación se detallan, por el término y monto que se indica, una ayuda económica que deberá abonarse a la correspondiente Acompañante Terapéutica: 

 

Pesos Dieciocho Mil ($ 18.000) mensuales, desde el 01-04-2021  al  30-06-2021 a:

 

  • Alippi Juan Martín, el pago deberá realizarse a María Luz Ferrando, DNI Nº 40.348.654;
  • Gúzman Susana, el pago deberá realizarse a Perla Victoria Lasa, DNI Nº 36.488.894.-

 

 

ARTICULO 4º.- Modifíquese el monto de la ayuda económica otorgada por Artículo 1º del Decreto nº 246/2021, a la Acompañante Terapéutico Sra. Paula Lebrum, DNI Nº 22.749.496, la cual será de Pesos Veinticuatro  Mil ($ 24.000), a partir del 1º de Abril de 2021.-

 

ARTICULO 5º.- El monto acordado deberá efectuarse con cargo a la siguiente partida:

                                Jurisdicción: 1110101000 Unidad Intendente

Programa 01.01.00 Administración y Conducción Unidad Intendente

Fuente de Financiamiento: 132 De Origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.8.0 Transferencias para el Aprendizaje, Enseñanza e Investigación

 

ARTICULO 6º.- Tomen razón Contaduría y Tesorería.-

 

ARTICULO 7º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-