Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº476/2021

Decreto Nº 476/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 23/04/2021

Visto

El Expediente 4055-8-2021, Ref. Ayudas Económicas para Cuidadores Adultos Mayores; y

 

Considerando

Que en el citado Expediente se agregan diversas solicitudes de ayudas económicas de adultos mayores que no pueden valerse por sus propios medios y en consecuencia necesitan del acompañamiento y cuidados de una persona en su vida cotidiana;

Que a fojas 75/81, se encuentra el informe de Contaduría Municipal;

Por ello;

 

el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

ARTICULO 1º.- Otorgase a las personas que a continuación se detallan, por el término y monto que para cada caso se indica, una ayuda económica destinada al pago de cuidadores de Adultos Mayores:  

 

ADOLFO GONZALES CHAVES

 

Pesos  Cinco Mil ($ 5.000) mensuales, desde el 01-04-2021 al 31-12-2021 inclusive, a:

 

  • GUZMAN Fernando Abel, DNI Nº 18.227.554, el pago deberá realizarse a Ariela GONZÁLEZ, DNI Nº 30.883.380;
  • DIAZ BERRERA Elvia, DNI Nº 3.880.330, el pago deberá realizarse a Jennifer Daiana GARCIA, DNI Nº 41.212.013.-

 

Pesos  Diez Mil ($ 10.000) mensuales, desde el 01-04-2021 al 30-06-2021 inclusive, a:

 

  • SERRA Mabel Rosana, DNI Nº 12.536.869, el pago deberá realizarse a Francisca Del Rosario GAUNA, DNI Nº 23.070.623;

 

ARTICULO 2º.- Dejase sin efecto a partir del 1º de Abril del 2021, inclusive, la ayuda económica otorgada por Decreto nº 293/2021 al Sr. Nicasio Eval, cuyo responsable del cobro es la Sra. Jennifer Daiana GARCIA, DNI Nº 41.212.013.-

 

ARTICULO 3º.- Los montos acordados deberán efectuarse con cargo a las siguientes partidas:

                                Jurisdicción: 1110132000 Secretaria de Gobierno y Hacienda

Programa 21.17.00: Dirección de Acción Social,

Fuente de Financiamiento: 110 De Origen Municipal

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.4.1 Ayudas sociales a personas

 

ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-

 

ARTICULO 5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-