Boletines/Adolfo Gonzales Chaves

Decreto Nº439/2021

Decreto Nº 439/2021

Adolfo Gonzales Chaves, 16/04/2021

Visto

El Expediente 4055-70-2021, mediante el cual se tramita Asistencia Financiera para Personas con Problemas Socio-ambientales que no cuentan con recursos económicos y no tienen garantizadas las necesidades básicas que permitan mejorar su calidad de vida; y

Considerando

Lo solicitado por la Dirección de Acción Social a fojas 44;

El Oficio Judicial librado en relación a los autos caratulados “LEONARDI LUIS A. S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA”, tramitados por Expediente Nº 15.470 ante el Juzgado de Primera Instancia Nº 1 en lo Civil y Comercial, Secretaría única del Departamento Judicial Bahía Blanca, solicitando dar cumplimiento a la ayuda económica a favor del causante;

La Encuesta Socioeconómica de fojas 47;

Lo informado por el Contador Municipal a fojas 49/50;

Por ello;

El INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de las facultades que le son propias

D E C R E T A:

ARTICULO 1º.- Otórgase a LUIS ALEJANDRO LEONARDI, DNI Nº 25.639.503, una ayuda económica de Pesos VEINTE MIL ($ 20.000) mensuales, desde el mes de Enero hasta el mes de Diciembre de 2021, inclusive, para abonar alojamiento y dispositivo de atención integral a cargo de la Sra. Susana Fígaro en la ciudad de Tres Arroyos.- Los pagos deberán realizarse mediante depósito judicial en la cuenta autos alimentaria Nº 6205-0510769 - CBU 0140334127620551076971 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tres Arroyos.-

ARTICULO 2º.- En el caso que IOMA se expida autorizando la cobertura del alojamiento mencionado la presente ayuda económica quedará sin efecto.-

ARTICULO 3º.- El gasto mencionado precedentemente, se imputará con cargo a la siguiente partida del Presupuesto de Gastos vigente:

Jurisdicción 1110101000 Unidad Intendente

Programa 17.01.00: Fondo de Fortalecimiento de Programas Sociales Ley 13.163

Fuente de financiamiento 132: De origen Provincial

5.0.0.0 Transferencias

5.1.0.0 Transferencias al sector privado para financiar gastos corrientes

5.1.3.0 Becas

ARTICULO 4º.- Tomen razón Contaduría, Tesorería y Dirección de Acción Social.-

ARTICULO  5º.- Cúmplase, comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-