Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº297

Resolución Nº 297

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/06/2021

Visto los términos de la nota obrante a fs. 1, por la cual el agente Ariel BONOTTI ROST, legajo 14.643, dependiente de la Coordinación de Recursos Artísticos (Oficina Nº 325) del Instituto Cultural, solicita que le sea otorgada una licencia sin goce de haberes por el término de un (1) año, a partir del día 14 de junio del corriente año; y

Considerando

Que dada la situación de emergencia económica atravesada por la crisis de la pandemia del COVID-19, que ha afectado en forma rotunda a los comercios locales en sus distintos rubros, y ante la dificultad de no encontrar alternativas viables para no clausurar un emprendimiento privado que sostiene, el agente Bonotti Rost ha solicitado una licencia sin goce de haberes por un período de doce (12) meses, según consta a fs. 1 y se ha acreditado en la documentación adjunta a fs. 2 y desde fs. 12 a 17.

Que dado lo informado por el Departamento Administración del Personal Municipal a fs. 4, indicando que a los efectos de cumplir con lo previsto en el Art. 58º del Convenio Colectivo de Trabajo, desde el Honorable Tribunal de Cuentas se solicita que la misma se encuentre debidamente acreditada.

Que atento a la intervención de la Dirección Adjunta de Capital Humano a fs. 7, indicando que lo requerido no cumpliría con lo previsto en el Art. 58º del Convenio Colectivo de Trabajo, por lo que no correspondería la concesión de la licencia en cuestión, no obstante es facultad de la superioridad la decisión de su otorgamiento.

Que desde la Dirección del Instituto Cultural se estima que las causas que sustentan la solicitud del agente en cuestión, ameritan la aplicación de lo que indica la norma para estos casos, atendiendo a las razones de índole emergente y urgente sustentado en el actual contexto de emergencia sanitaria y económica, prestando su visto bueno y dando intervención a las instancias jurídicas del Municipio a los fines de emitir un criterio al respecto. 

Que en lo dictaminado por la Subsecretaría Legal y Técnica a fs. 10 se sostiene que, acreditados los requisitos prescriptos por la norma, es la superioridad quien deberá valorar si se presentan para el caso motivos de real necesidad, siendo su facultad discrecional la concesión de lo solicitado.

Que mediante fs. 12 a 17 el agente Bonotti Rost adjunta documentación respaldatoria de su actividad comercial, por lo cual la Subsecretaría de Capital Humano informa a fs. 18: "...en virtud de las consideraciones referidas y habiendo la superioridad explicitado en el presente expediente la valoración subjetiva sobre la causa de la licencia, se hace saber que; de ejercer su facultad discrecional y conceder la licencia correspondería dictar resolución con carácter de acto administrativo otorgando al agente Ariel Bonotti Rost, Legajo Nro. 14.643 licencia sin goce de haberes, a partir de la fecha que dispongan y por el término de un (1) año..."

Por todo lo expuesto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,

- R E S U E L V E -

PRIMERO: Otórgase una licencia sin goce de haberes al agente Ariel BONOTTI ROST, legajo 14.643, dependiente de la Coordinación de Recursos Artísticos (Oficina Nº 325) del Instituto Cultural, a partir del día 14 de junio de 2021 y por el término de doce (12) meses, según lo establecido en el Artículo Nº 58 del Convenio Colectivo de Trabajo, celebrado con el Sindicato de Trabajadores Municipales y aprobado por Ordenanza Nº 18.061 y en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando.- 

SEGUNDO: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subsecretaría de Capital Humano; dése al R.O y RESÉRVESE-