Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº272

Resolución Nº 272

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 01/06/2021

Visto los términos de la nota obrante a fs. 1, por la cual la agente Mariana Estefanía ISLA, legajo 14.966, dependiente de este Instituto Cultural, solicita que le sea otorgada una licencia sin goce de haberes por el término de un (1) año, a partir del día 1º de mayo del corriente año y hasta el día 30 de abril de 2022; y

Considerando

Que dada la propuesta laboral que le fuera ofrecida para cumplir funciones en el ámbito administrativo en el campo turístico y cultural (rubro hotelería y gastronomía) en la ciudad de Monte Hermoso, por un período de doce (12) meses, percibiendo una remuneración mensual más elevada, toda vez que la mencionada agente es sostén de familia, según se ha acreditado en la documentación adjunta a fs. 4 a 9, 11 y 13.

Que atento a la intervención de la Dirección Adjunta de Capital Humano a fs. 10, indicando que lo requerido no cumpliría con lo previsto en el Art. 58 del Convenio Colectivo de Trabajo, por lo que no correspondería la concesión de la licencia en cuestión, no obstante corresponde a la superioridad la decisión de su otorgamiento.

Que a fs. 13, desde la Dirección del Instituto Cultural, se estima que las acreditaciones que sustentan la solicitud de la agente en cuestión, ameritan la aplicación de lo que indica la norma para estos casos, prestando su visto bueno y dando intervención a las instancias jurídicas del Municipio a los fines de emitir un criterio al respecto. 

Que desde el Departamento Administración del Personal se informa a fs. 16 que la agente Mariana Isla cuenta con una actividad mínima inmediata de un (1) año como planta permanente a la fecha de su designación, por lo que encuadraría en los alcances del Artículo Nº 58 del Convenio Colectivo de Trabajo.

Que en lo dictaminado por la Subsecretaría Legal y Técnica a fs. 17 se sostiene que, para este caso, se han reunido los requisitos objetivos que exige la normativa aplicable, toda vez que acreditados los mismos, la concesión de la licencia es decisión facultativa -y discrecional- del señor Intendente. Por lo tanto, el INTENDENTE MUNICIPAL en uso de sus facultades,


- R E S U E L V E -

PRIMERO: Otórgase una licencia sin goce de haberes a la agente Mariana Estefanía ISLA, legajo 14.966, dependiente de este Instituto Cultural, a partir del día 1º de mayo del corriente año y por el término de doce (12) meses, según lo establecido en el Artículo Nº 58 del Convenio Colectivo de Trabajo, celebrado con el Sindicato de Trabajadores Municipales y aprobado por Ordenanza Nº 18.061 y en un todo de acuerdo a lo expuesto en el Considerando.- 

SEGUNDO: Cúmplase, notifíquese, tome nota el Departamento Administración del Personal, Subsecretaría de Capital Humano; dése al R.O y RESÉRVESE-