Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº286

Resolución Nº 286

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 23/06/2021

Visto las presentes actuaciones por las que la Dirección  General de Control de Tránsito Urbano y de la Subsecretaría de Fiscalización solicitan que el personal dependiente de ellas sea exceptuado de lo dispuesto en la Resolución 2-2251-2015 respecto a la jornada máxima horaria que puede liquidarse a un agente, y Considerando

Que lo solicitado se fundamenta en los amplios servicios que dichas dependencias municipales prestan a la ciudad en materia de control de tránsito y fiscalización;

Que dichos servicios son prestados por los agentes en horarios extras a su jornada horaria laboral habitual;

Que sumadas a las tareas inherentes y habituales de cada oficina (control de tránsito, operativos de alcoholemia, atención de las llamadas al 107, 109 y 0800, guardia de control bromatológico y de nocturnidad) el personal esta a disposición dando respuesta a las necesidades y requerimientos de diversa índole de diferentes áreas municipales, ya sea en situaciones programadas en conjunto o de emergencia, como así también a otros organismos estatales (Policía, Región Sanitaria, Ministerio de Agroindustria); que surjen en diferentes días y horarios de la semana;

Que además por la situación de pandemia por COVID-19 por la que nos encontramos atravesando y los protocolos dispuestos a partir de ello, se han implementado nuevos cronogramas de trabajo dividiendo en grupos de a los agentes a fin de preservar su salud, lo que ha implicado que los que no se encuentran trabajando de forma presencial deban encontrarse a disposición a fin de dar continuidad en la prestación de servicios en las situaciones que así lo requieran;

Por todo lo expuesto, atento a la necesidad de realizar una excepción al acto resolutivo Nº 2-2251-2015 que dispone un tope máximo de horas que podrá liquidarse al personal municipal, y teniendo en cuenta la importancia y esencialidad de los servicios que prestan la Dirección General de Control de Tránsito Urbano y la Subsecretaría de Fiscalización para la ciudad; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTÍCULO 1º).- Exceptuar de lo dispuesto en la Resolución Nº 2-2251/2015 al personal dependiente de la Dirección General de Control de Tránsito Urbano (oficina Nº 345) y de la Subsecretaría de Fiscalización (oficina Nº 365), a partir del 1 de junio de 2021, en un todo de acuerdo a lo expuesto en el considerando de la presente.

ARTÍCULO 2º).- Cúmplase; tomen nota Subsecretaría de Capital Humano, el Departamento Administración del Personal, Subsecretaría de Fiscalización, Dirección General de Control de Tránsito Urbano, dese al R.O. y Archívese.-