Boletines/Bahia Blanca

Resolución Nº273

Resolución Nº 273

Publicado en versión extractada

Bahia Blanca, 15/06/2021

Visto la nota presentada por la Administración del Arzobispado de Bahía Blanca, mediante la cual solicita el otorgamiento de los distintos subsidios previstos en el Presupuesto de Gastos del corriente Ejercicio, con destino a las instituciones que integran a dicha entidad; y considerando las imputaciones efectuadas por la Subdirección de Presupuesto y Planificación y por la Contaduría General; el INTENDENTE MUNICIPAL, en uso de sus facultades,

R E S U E L V E

ARTICULO 1º) - Otórgase un subsidio al Arzobispado de Bahía Blanca, CUIT Nº 30-52907755-2, por la suma total de PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS  TREINTA MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 1.830.383,33.-), el que será utilizado de la siguiente forma:
- PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-) destinados a los diversos programas de la entidad solicitante.-
- PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL ($ 147.000) destinados al Programa Economía Solidaria.-
- PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL  TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 483.383,33) destinados a Vivienda.-
ARTICULO 2°) - El subsidio otorgado en el artículo anterior será abonado en dos (2) pagos de $  915.191,66 cada uno, mediante la confección de expedientillos.-
ARTICULO 3°) - El gasto dispuesto precedentemente deberá imputarse de la siguiente manera:
- PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000.-): Fuente 110, Jurisdicción 1110104000, Categoría Programática 01.01, Gasto: 5.1.7.0.
- PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL ($ 147.000): Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 67.01, Gasto: 5.1.7.0.
- PESOS PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL  TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES CON TREINTA Y TRES CENTAVOS ($ 483.383,33): Fuente 110, Jurisdicción 1110106000, Categoría Programática 78.01, Gasto 5.1.7.0.
ARTÍCULO 4°) - Notifíquese a la entidad beneficiaria que, una vez utilizados los fondos, deberá rendir cuentas ante el Departamento Contaduría General, en los términos del Instructivo obrante a fs. 8 del expediente 0-2326-2021, respetando los lineamientos establecidos en los artículos 131° al 134° del Reglamento de la Contabilidad y cumplimentando el Balance de Inversión cuyo modelo obra a fs.9, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el artículo 52° de las Disposiciones Anexas al Decreto 2980/00 – R.A.F.A.M.-
ARTÍCULO 5°) - Por Secretaría de Gobierno y de Políticas Sociales se efectuará el seguimiento del trámite de rendición de fondos por parte de la entidad beneficiaria.-
ARTICULO 6º) - Refrende la presente la Secretaría de Políticas Sociales.-
ARTICULO 7º) - Cúmplase, notifíquese a la entidad mediante entrega de copia certificada de la presente, tomen nota Departamento Contaduría General y Departamento Tesorería; dése al R.O. y ARCHÍVESE.-