Boletines/Guaminí

Decreto Nº869

Decreto Nº 869

Guaminí, 02/07/2021

Visto

Que el día 22  de Junio de 2.021, se recibió  la visita del  referente del Ministerio de Desarrollo Social en la Sexta Sección, César García, con el Programa  “POTENCIAR DEPORTES”, reconociendo la labor de los clubes y las vicisitudes que enfrentan ante la pandemia; y

Considerando

           Que expresó el Intendente Municipal, José Augusto Nobre Ferreira, en la presentación de un importante programa nacional al cual podrán adherir los clubes deportivos del distrito, con esta línea de acción articulada entre Nación, Provincia y Municipio, estamos acercando un instrumento que les permitirá a las instituciones focalizar la promoción del deporte, convirtiendo los planes sociales en trabajo activo y potenciando proyectos a través de la formación integral de promotores y promotoras deportivas que desempeñen actividades en cada club.-

            Cabe destacar que los promotores y promotoras deportivas barriales recibirán una formación integral y, luego de finalizar la misma, un kit con equipamiento deportivo de la disciplina en la que se capacitaron, además de un salario social complementario para llevar adelante las actividades.-

            Es por ello que, en el marco del plan Potenciar Trabajo, anunciamos junto al referente del ministerio de Desarrollo Social en la sexta sección, César García, esta herramienta denominada “POTENCIAR DEPORTES”, reconociendo la labor de los clubes y las vicisitudes que enfrentan ante la pandemia.

            Que es deber del Departamento Ejecutivo afrontar los gastos ocasionados.-   

                                        EL INTENDENTE MUNICIPAL EN USO DE SUS ATRIBUCIONES:

Art. 1º: Impútense y cancélense a través de las Oficinas de Compras,  Contaduría y Tesorería los gastos ocasionados en la visita del  referente del Ministerio de Desarrollo Social en la Sexta Sección, César García, con el Programa  “POTENCIAR DEPORTES”, según lo expresado en  el  Visto y Considerando.---------------------------------------------------------------

Art. 2º: Comuníquese, regístrese y archívese.---------------------------------------