Boletines/Vicente López

Decreto Nº2595/21

Decreto Nº 2595/21

Vicente López, 28/06/2021

Referencia: EXPTE - 4119-000658/2021

Visto

Las ofertas presentadas en el llamado a Licitación Privada Nº 59 dispuesto por Decreto Nº 1036/21 para la “ADQUISICION DE ARTICULOS DE LIBRERÍA con destino a cubrir las necesidades del año 2021 de diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud”, y

Considerando

Que conforme surge del acta de apertura de ofertas de fs. 584/586 se han presentado cinco oferentes, siendo uno de ellos rechazado en el mismo acto.

Que a fs. 680/772 surge el análisis comparativo de ofertas, efectuado por la Dirección de Compras y Licitaciones.

Que la dependencia solicitante se ha expedido en relación a la procedencia de las ofertas presentadas, realizando análisis de rigor, como así el resultado de la compulsa realizada, sugiriendo la adjudicación a ERRE DE SRL, ED GAR SA y PAPELERA ONCATIVO SA por $ 2.015.855,38.

Que asimismo, se desprende de ese informe de fs.774/796 y 878/879 la ratificación de la necesidad e importancia para esta administración de contar con la adquisición de dichos artículos.

Lo aconsejado por la Comisión Permanente de Licitaciones para el Estudio de Propuestas a fs. 880/883.

Es por ello que EL INTENDENTE MUNICIPAL DE VICENTE LOPEZ, en uso de las atribuciones que le son propias

DECRETA

Artículo 1º.- : ADJUDICAR a las firmas que a continuación se detallan y por los montos que en cada caso se indican, la “ADQUISICION DE ARTICULOS DE LIBRERÍA con destino a cubrir las necesidades del año 2021 de diversos efectores dependientes de la Secretaria de Salud”, en un todo de acuerdo al Pliego de Bases y Condiciones Particulares, al Pliego de Bases y Condiciones Generales y a la planilla de preadjudicación obrante a fs. 880/883.

ERRE DE S.R.L. $ 334,442.07
ED GAR SA $ 1,082,179.99
PAPELERA ONCATIVO S.A. $ 599,233.32
  $ 2,015,855.38

Artículo 2º.- La suma de pesos dos millones quince mil ochocientos cincuenta y cinco con treinta y ocho centavos ($2.015.855,38) se encuentra registrada en las Solicitudes de Gastos Nros. 1-1296, 1-3827, 1-3828, 1-3829, 1-3830 y 1-3831 obrantes a fs. 67/88, 863/864, 866/867, 869, 871 y 873/876 respectivamente.

Artículo 3º.- Las firmas adjudicatarias deberán presentar en la Dirección General de Tesorería, una garantía en concepto de cumplimiento de contrato, por el 5% (cinco por ciento) del importe total de la adjudicación, conforme lo dispuesto por el Artículo 18 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares.

Artículo 4º.- Refrendar el presente Decreto los Sres. Secretarios de Salud y de Hacienda y Finanzas.

Artículo 5º.- Tomar conocimiento las Secretarías de Hacienda y Finanzas (Direcciones Generales de Contaduría, Tesorería y Compras y Licitaciones) y de Salud.

Artículo 6º.- Dar al Registro Municipal de Decretos, cumplir, hacer saber y oportunamente archivar.

Fdo:Macri- Alvarez- Scarsi