Boletines/Tandil
Decreto Nº 2465/2021
Tandil, 05/08/2021
Visto
La solicitud de González, Mario Antonio, CUIT N° 20-26107105-4, en adelante “LA EMPRESA” para concretar la adquisición de 1 (una) parcela ubicada en el Parque Industrial Tandil, tramitada por Expediente Nº 5184/15 y conforme la Carta de Intención firmada el día 19 de Septiembre de 2019.
La existencia de la Ordenanza Nº 12646 que regula el proceso de venta de parcelas en el Área Parque Industrial Tandil, sus complementarias y modificatorias, y
Considerando
Que se han cumplido los pasos previstos por las reglamentaciones vigentes para la adjudicación y posterior venta de parcelas en el Parque Industrial Tandil.
Que la normativa vigente define que el valor de venta de las parcelas se realizará por el Departamento Ejecutivo atento a las variaciones propias de la dinámica económica general y de la situación sujeta a variaciones de la oferta de servicios en el agrupamiento industrial, y teniendo en cuenta dos componentes: 1) La superficie respectiva y 2) Los servicios existentes en el predio.
Que LA EMPRESA ha incurrido en una serie de gastos para acondicionar el terreno y para la instalación de la planta de fabricación.
Que LA EMPRESA ya ha finalizado el proceso de construcción de la planta y se encuentra en funcionamiento.
Por todo ello,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE TANDIL
D E C R E T A
Artículo 1º: A efectos de cumplimentar los dispuesto por la Ordenanza Nº 12.646 se establece que el precio del metro cuadrado de la parcela a ser transferida a la empresa González, Mario Antonio, identificada con la nomenclatura catastral Circunscripción X, Sección B, Mz 8, Parcela 3a y con una superficie total de 2.918 m2, será el equivalente en moneda de curso legal al valor de 4 (cuatro) litro/s de gasoil Premium por mt2 (precio de venta al público en Estación de Servicio YPF ACA Tandil - G.V.C. SRL).
El director de Rentas de la Municipalidad liquidará el precio al momento de efectuarse los pagos correspondientes. A la firma del boleto se deberá cancelar el valor de 3890,66 (tres mil ochocientos noventa con sesenta y seis) litros de Gasoil Premium (precio de venta al público en Estación de Servicio YPF ACA Tandil - G.V.C. SRL) del valor del terreno quedando el saldo restante a cancelar de la siguiente manera:
- 3890,66 (tres mil ochocientos noventa con sesenta y seis) litros de Gasoil Premium a los 12 meses de la firma del boleto (precio de venta al público en Estación de Servicio YPF ACA Tandil - G.V.C. SRL).
- 3890,66 (tres mil ochocientos noventa con sesenta y seis) litros de Gasoil Premium a los 24 meses de la firma del boleto (precio de venta al público en Estación de Servicio YPF ACA Tandil - G.V.C. SRL)
Artículo 2º: El presente decreto será refrendado por la Secretaria de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales.
Artículo 3º: COMUNIQUESE, REGISTRESE en el Boletín Municipal, tomen nota la Secretaria de Economía y Administración, Jefatura de Gabinete de Secretarios y oportunamente archívese.
Firma Digital: Maria Marcela Petrantonio (Secretaria) - Miguel Ángel Lunghi (Intendente)
Secretaría de Desarrollo Productivo y Relaciones Internacionales - Intendencia