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Resolución Nº1306/21

Resolución Nº 1306/21

General Pueyrredon, 10/08/2021

Visto

la Nota de Pedido N° 3 presentada por CEAMSE en el marco del Expediente Administrativo 3132-7-2020 - CPO 1 “Construcción de Infraestructura en Complejo Ambiental MGP - según Convenios Nº 1, Nº 2 y Nº 3  Sector C” - Adenda Convenio Específico N° 3” y

Considerando

                                                Que la documentación acompañada con la Nota de Pedido bajo tratamiento resulta incompleta para dar curso a la certificación N° 2 correspondiente a la etapa 2 de la obra de referencia.

 

                                                Que según surge de las constancias del Expediente administrativo en estudio hasta el día de la fecha CEAMSE no dio cumplimiento con el artículo 31 de la Ley Nº 12.490.

 

                                                Que no corresponde dar trámite a ninguna certificación hasta tanto CEAMSE cumpla con la documentación necesaria para tal fin y acredite el cumplimiento de la mencionada normativa.

 

                                                Que esta Secretaría suscribió el ACTA DE FINALIZACIÓN Y APROBACIÓN DE ENCOMIENDA, ENTREGA Y RECEPCIÓN DE INSTALACIONES COMPLEJO AMBIENTAL GENERAL PUEYRREDON el día 15 de julio pasado realizó la medición correspondiente a la Etapa N°3.

 

                                                Que la medición realizada arroja un porcentaje de avance de obra diferente al informado por la Empresa.

 

                                                Que CEAMSE presentó factura sin indicar Convenio al que pertenece, Etapa, Ítem, Monto del Certificado, Monto Redeterminado, ni monto total.

 

                                                Que se encuentran vencidos los plazos para terminar la Obra de la Etapa Nº 3 – Construcción de Infraestructura en Complejo Ambiental MGP  Según convenio 1, 2, y 3 - Sector C - Adenda Convenio Específico Nº 3, en virtud de lo cual corresponde intimarla a fin de que informe fecha estimada de finalización de las obras.

 

                                                Que la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa ha tomado la debida intervención.

 

 Por ello en el uso de las atribuciones delegadas por Decreto Nº 916/2020         

 

 

EL SECRETARIO DE OBRAS Y PLANEAMIENTO URBANO

 

R E S U E L V E

ARTÍCULO  1°.- Intimar a la firma CEAMSE para que en un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos de notificado remita la documentación necesaria para dar curso a la certificación N° 2 correspondiente a la Etapa 2º de la obra “Construcción de Infraestructura en Complejo Ambiental MGP - según Convenios Nº 1, Nº 2 y Nº 3  Sector C” - Adenda Convenio Específico N° 3 y de cumplimiento con lo establecido en el art. 31 de la Ley 12.490, esto último bajo apercibimiento de retener, previo a efectuar cualquier pago pendiente, las sumas que pudiesen corresponder para su oportuna remisión a la mencionada Caja Profesional.-

 

ARTÍCULO 2°.- Intimar a la Firma CEAMSE a que realice aclaraciones respecto del avance de obra del Certificado  N° 3 dando debido fundamento técnico al mismo.-

 

ARTICULO 3°. - Intimar a la Firma CEAMSE a que informe sobre las facturas presentadas el Convenio al que pertenecen, Etapa, Ítem, Monto del Certificado, Monto Redeterminado y Monto total.-

 

ARTÍCULO  4°. - Intimar a la firma CEAMSE en el plazo indicado en el Artículo 1º de la presente Resolución, a que informe fecha de finalización de la Etapa 3º de la obra “Construcción de Infraestructura en Complejo Ambiental MGP - según Convenios Nº 1, Nº 2 y Nº 3 - Sector C” - Adenda Convenio Específico N° 3, bajo apercibimiento de aplicar las sanciones correspondientes.-

 

ARTÍCULO 5º.- Registrar, publicar, dar al Boletín Municipal, y para su notificación intervengan la Dirección de Obras Públicas de la Secretaría de Obras y Planeamiento Urbano.-

 

GONZALEZ