Boletines/Las Flores
Decreto Nº 1554/2021
Publicado en versión extractada
Las Flores, 29/06/2021
LAS FLORES, 29 de junio de 2021.-
VISTO:
El Expte. 4063-1970/21;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 el Secretario de Desarrollo Productivo y Sustentable informa que ha mantenido reuniones con distintos integrantes del sector ligado a los emprendimientos y establecimientos gastronómicos localizados en nuestra ciudad;
Que este sector es uno de los más perjudicados por las medidas preventivas adoptadas por el gobierno, al encontrarse restringida su actividad al día de la fecha, debido a los Decreto Nacional Nº 287/21 y Resolución 1715/21 de la Jefatura de Gabinete de Ministros de la Provincia de Buenos Aires;
Que los mismos manifestaron las distintas dificultades económicas que atraviesan;
Que el Municipio está atendiendo las necesidades observadas, con asistencia y acompañamiento a los distintos comercios con motivo del aislamiento social, preventivo y obligatorio;
Que es propósito de este Departamento Ejecutivo colaborar con las empresas locales que generan una fuente laboral para varias personas;
Que según el informe contable existen disponibilidades presupuestarias para acceder a lo solicitado;
Por ello;
EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LAS FLORES
D E C R E T A:
Art. 1°.- Otórguese a la Sra. CAROLINA LEZICA DE LACAVA, DNI Nº 24.104.615, un Subsidio de PESOS CINCO MIL ($ 5.000,00), el que deberá ser destinado a costear gastos fijos y compra de materia prima de su emprendimiento gastronómico; .
Art. 2°.- La erogación resultante de lo dispuesto precedentemente se imputará a: Jurisdicción 1110119000 Secretaría de Desarrollo Productivo y Sustentable; Programa 16: Subsecretaría de Comercio, Industria y Asuntos Agrarios - Partida 5.1.8.0. “Asistencia a Pequeños Productores”; Fuente de Financiamiento 110-Tesoro Municipal del Presupuesto de Gastos vigente
Art. 3°.- Cúmplase, comuníquese a la empresa beneficiaria, tome nota Contaduría y dése al R.O. de Decretos del M.
Lic. Cristian Chiodini Ing. Alberto C. Gelené
Secretario de Desarrollo Intendente Municipal
Productivo y Sustentable
DECRETO Nº 1554