Boletines/Quilmes
Decreto Nº 2194/2021
Quilmes, 15/07/2021
Visto
la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes), el Decreto Nº 1654/20 y el EX-2021-86502-QUI CGADPER#JDG; y
Considerando
Que por Decreto Nº 1654/20, de fecha 21 de agosto de 2020, se dispone la Baja del agente Paita, José Luis (Leg. 21.21O), a partir del 1º de septiembre de 2020;
Que se vincula como archivo de trabajo del expediente la Resolución de Reconocimiento de Servicios emitida por ANSES;
Que se hace necesario modificar el decreto antes mencionado en lo que respecta a los períodos de antigüedad detallados en el Artículo 1º;
Que se solicita dejar sin efecto el pago de Subsidio Reintegrable mencionado en el artículo 2° del mismo;
Que el presente Decreto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 107 y concordantes de la Ley Orgánica de las Municipalidades (Decreto-Ley Nº 6.769/58 con modificaciones vigentes); y
Por todo lo expuesto;
LA INTENDENTA MUNICIPAL DECRETA:
ARTÍCULO 1°: MODIFÍCASE el Artículo 1° del Decreto Nº 1654/20, de fecha 21 de agosto de 2020, el cual quedará redactado de la siguiente manera:
ARTÍCULO 1°:DISPÓNESE la baja a partir del 1° de septiembre de 2020, en el cargo de Administrativo 111- Jurisdicción 01 - Subjurisdicción 74 - Actividad Central 01, a los efectos de acogerse a la Jubilación Ordinaria, del agente Paita, José Luis (Leg. 21.21O - CUIL Nº 20-11602765-9 - Fecha de nacimiento: 24 de agosto de 1955) - Fecha de Ingreso: del 1° de febrero de 2000 al 1° de mayo de 2003, del 06 de abril de 2005 al 31 de enero de 2006, del 12 de abril de 2006 al 1° de septiembre de 2020 - Antigüedaq Municipal: 18 años, 05 meses y 13 días -Antigüedad reconocida ANSES: 20 años, 1O meses y 1O días -Antigüedad total: 39 años, 01 mes y 23 días (se deducen períodos simultáneos).-
ARTÍCULO 2°: DÉJASE SIN EFECTO el Artículo 2º en lo que respecta al Subsidio de la Jubilación Ordinaria, otorgada por Decreto Nº 1654/20 del agente Paita, José Luis (Leg. 21.21O), a partir del 1° de septiembre de 2020.-
ARTÍCULO 3°: El presente será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete.
ARTÍCULO 4°: NOTIFÍQUESE a la parte interesada en la Dirección General de Administración de Personal.-
ARTÍCULO 5°: COMUNÍQUESE a quien corresponda, dese al Registro General y ARCHIVESE.-
LIC. ALEJANDRO E. GANDULFO MAYRA S. MENDOZA
Jefe de Gabinete Intendenta
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DECRETO 2194/2021