Boletines/Lobería

Decreto Nº900-21

Decreto Nº 900-21

Lobería, 25/06/2021

REGÍSTRASE la asignación de tareas al personal destajista.

Visto

Las atribuciones conferidas por los artículos 107 y 108 Inciso 17 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, la Ley Provincial 14.656, el artículo 49 de la Ordenanza Nº 1.973/15 y su Decreto Reglamentario Nº 1.167/16 -Régimen de Empleo de la Municipalidad de Lobería-, el Decreto Nº 74/21; y

 

Considerando

QUE, desde la Dirección de Desarrollo Social a través del estudio realizado por las trabajadoras sociales, se comprobó la necesidad de realizar refacciones en una vivienda en el Barrio Villa Ercilia de la ciudad de Lobería;

QUE, dicha situación fue puesta a consideración de la Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, quién tiene competencia para determinar los trabajos a realizar y llevar adelante su ejecución;

QUE, consecuentemente, el Secretario de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos ARQ. DANIEL MASÓN, solicita la asignación de tareas al personal destajista designado mediante Decreto Nº 74/21, que realizará trabajos de albañilería y electricidad en una vivienda del Barrio Villa Ercilia de esta ciudad de Lobería, el 05 de junio de 2021;

QUE, atento a no haber presentado la solicitud en tiempo y forma, corresponde registrar la asignación de tareas;

 

POR ELLO, EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE LOBERÍA, en uso de las facultades que le son propias, dicta el siguiente:

D  E  C  R  E  T  O

ARTÍCULO 1.- REGÍSTRASE la asignación de tareas al personal destajista designado por Decreto Nº 74/21, SR. DANIEL EMILIANO MÉNDEZ, D.N.I. Nº 27.320.899, llevadas a cabo en una vivienda del Barrio Villa Ercilia de la ciudad de Lobería, el 05 de junio de 2021.

ARTÍCULO 2.- Las tareas y el monto a percibir por las mismas, se detallan a continuación:

TAREA                                                                                

Cambiar cable quemado y colocar el nuevo, romper pared y colocar caño con caja y enchufes. Cambiar calefón quemado y colocar el nuevo. Monto: $ 15.700,50

ARTÍCULO 3.- El monto total a abonar será de PESOS QUINCE MIL SETECIENTOS CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 15.700,50.-), resultando luego de aplicar los descuentos correspondientes, una suma efectiva de PESOS TRECE MIL QUINIENTOS DOS CON CUARENTA Y TRES CENTAVOS ($ 13.502,43.-) correspondiendo al Municipio, además, efectuar aportes patronales por I.P.S. $ 1.884,06. La certificación se realizará en forma mensual, previa verificación del área correspondiente.

ARTÍCULO 4.- El presente gasto se imputará a la Partida: “1110104000 Secretaría de Infraestructura Obras y Servicios Públicos – 27 Dirección de Vivienda - 43 Emergencia Habitacional - 5.2.1.0. Transferencia a personas” del Presupuesto de Gastos vigente.

ARTÍCULO 5.- Tomen conocimiento Secretaría de Infraestructura, Obras y Servicios Públicos, Oficina de Personal, Contaduría Municipal, Oficina de Seguros y Honorable Concejo Deliberante. Dése al Registro de Decretos, cumplido ARCHÍVESE.

DECRETO N° 900/21