Boletines/Mercedes

Decreto Nº955/2021

Decreto Nº 955/2021

Mercedes, 22/07/2021

Visto

Lo actuado en el Expediente administrativo N°2118/2021, mediante el cual se llamó a Concurso de Precios N°43/2021 para la contratación de “Adquisición de Tosca y Mano de obra para alcantarillado y limpieza de zanjas existentes en Consorcio Urbanístico I”, y;

Considerando

Que de las 5 (cinco) ofertas válidas presentadas, en virtud del estudio de antecedentes de cada una y evaluados los dictámenes técnico, legal y contable; resulta conveniente adjudicar la totalidad de los ítems al proveedor ALCANTARA S.A., quien ha efectuado la cotización que resulta más equitativa para los intereses municipales (art. 185° y subsiguientes del Reglamento de Contabilidad).

Que la obra de referencia no cuenta a la fecha con crédito presupuestario, según Ordenanza N° 8449/2020.

Que la misma contará con financiamiento nacional, según convenio suscripto con la SUBSECRETARIA DE POLÍTICA DE SUELO Y URBANISMO del MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT, en el marco del Plan Nacional de Suelo Urbano, del cual obra copia en folios 162/179.

Que por razones administrativas, económicas y de oportunidad aconsejan dictar con celeridad el acto administrativo de adjudicación, que permita su concreción.

Por ello, en uso de las facultades legales que le son propias,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Adjudícase la ejecución del Concurso de Precios  “ADQUISICIÓN DE TOSCA Y MANO DE OBRA PARA ALCANTARILLADO Y LIMPIEZA DE ZANJAS EXISTENTES EN CONSORCIO URBANÍSTICO I”, a la firma ALCANTARA S.A., la que ha presentado la oferta que resulta más conveniente para el erario municipal, que asciende a la suma de Pesos OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL OCHO CON OCHENTA Y OCHO CENTAVOS ($836.008,88), como medida de excepción, dado que no cuenta con crédito aprobado en Presupuesto de Gastos del Tesoro Municipal.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase al área competente para que -a medida que vayan ingresando las remesas de transferencia de fondos a nuestra Tesorería-, acorde lo estipulado en el convenio suscripto, practique las operaciones contables de recupero (re-imputaciones).

ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, regístrese, dése al Digesto General, y cumplido, archívese.